Ordenanza Nº 1.646/2013

EmisorMunicipalidad de Malargue
Fecha de la disposición18 de Febrero de 2013

ORDENANZA Nº 1.646/2013Visto: El contenido del Expte. Nº 9.154/2.012-0. Departamento Ejecutivo Dirección de Rentas Proyecto de Ordenanza Tarifaria 2.013, y;CONSIDERANDO:Que el mencionado expediente plasma todos los elementos que posibilitan que el erario municipal se nutra con los tributos que los vecinos efectúan.Que posibilitar desde el Honorable Cuerpo de manera ágil y contundente el Código Tributario para que los contribuyentes de nuestro Departamento se beneficien con todos y cada uno de los servicios que la Municipalidad ofrece, es el desafío.Que constituye una herramienta útil y necesaria dentro de la Dirección de Rentas, Oficina responsable de la aplicación de la normativa resultante.Que conversado sobre un rápido análisis del contenido se sugiere oportuna la aprobación de la siguiente Ordenanza.El Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Malargüe en uso de las facultades que le son propiasORDENA:Artículo 1º - Apruébese el contenido y forma de Tarifaria, a aplicarse durante el Ejercicio 2013 el que corre adjunto a la presente y consta de 62 fojas útiles, formando parte de la presente pieza legal, abarcando su aplicación y cumplimiento a la comunidad toda del Departamento de Malargüe, Provincia de Mendoza.Artículo 2º - Comuníquese, regístrese, cúmplase, publíquese, agréguese copia de la presente en las actuaciones correspondientes y archívese.Dada en la Sala de Sesiones Dr. Ricardo Balbín del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Malargüe a dieciocho días de febrero de dos mil trece.______CAPITULO ISERVICIOS A LA PROPIEDAD RAIZArtículo 1° - Servicios a la Propiedad Raíz. Entiéndase por Servicios a la Propiedad Raíz lo siguiente: Recolección de Residuos; Servicio de agua potable; Conservación y Riego de Calles; Limpieza de Cunetas; y demás conceptos concernientes al arbolado público y espacios verdes. Debiendo los contribuyentes tributar la tasa establecida, ya sea que los mismos se presten en forma global o parcial, quedando fijados en forma anual de acuerdo a las siguientes Zonas:ZONA A: Comprendida entre Alfonso Capdevilla Este y Oeste desde calle Santa Cruz hasta Ejercito de Los Andes; desde Ejercito de Los Andes y Capdevilla hasta prolongación Jorge Newvery; desde Jorge Newvery y Ejercito de Los Andes hasta Jorge Newvery y Ruta 40 Sur; desde aquí hasta Fortín Malargüe; desde Ruta 40 Sur y Fortín Malargüe hasta Fortín Malargüe y Santa Cruz; desde calle Fortín Malargüe y Santa Cruz hasta Alfonso Capdevilla. Incluye Barrio Y P F y Ruta 40 Norte ambos frentes (Este y Oeste) hasta Barrio Virgen de Los Vientos, excluido éste.ZONA B: Comprendida entre las calles Fortín Malargüe desde canal Matriz hasta Ruta 40 Sur; desde Ruta 40 Sur y Fortín Malargüe hasta calle Domínguez; desde Domínguez y Ruta 40 Sur hasta Juan Agustín Maza; desde Juan Agustín Maza y Domínguez hasta J. A. Maza y Mosconi; desde Mosconi y J. A. Maza hasta Mosconi y 16 de Noviembre (canal matriz), limitando la zona al Oeste con el Canal Matriz actual.ZONA C: Comprendida entre las calles Juan A. Maza y Domínguez hasta Ruta 40 Sur y Domínguez, desde Ruta 40 Sur y Domínguez hasta Río Malargüe, por ambas márgenes del Río Malargüe hasta Dique Blas Brísoli incluido éste y Complejo Turístico Cuyan-Co, desde Complejo Turístico Cuyan-Co por Juan A. Maza hasta Domínguez, incluye Barrio Virgen del Carmen, Colonia Forestal Forrajera, Colonia Pehuenche I y II, Barrio Nueva Esperanza. La zona comprendida al Norte de la calle Alfonso Capdevilla este y oeste hasta la calle pública al norte del Barrio virgen de los Vientos, incluido éste, quedando excluidas las propiedades con frente a Ruta 40 Norte, ambas márgenes. La zona comprendida al Norte de la calle Alfonso Capdevilla este y oeste hasta la calle pública al norte del Barrio virgen de los Vientos, incluido éste.Determinación del Aforo por metro cuadrado (m2)ZonaTerrenos conCon actividadTerrenos BaldíosTerrenos Baldíosedificacióncomercialsin Cierre Perimetralcon Cierre PerimetralImporte baseAdicional% adicionalImporte% adicionalImporteA0,85100%300%3,40200%2,55B0,6050%300%2,40100%1.20C0,3025%300%1,20100%0,60Determinación del Aforo fijo expresado en pesos:SectoresServicio deRecolecciónTotalagua potablede residuosBº Nueva EsperanzaColonia PehuencheBº Virgen de los VientosBº Virgen del CarmenTasa Anual para Terrenos superiores a 1700 m2con Edificación declarada.Zonas "A", "B" y "C"Desde m2Hasta m2Tasa AnualCon actividad comercialAdicional1.7013.000700,0050%3.0015.0001000,0050%5.001En adelante1.400,0050%• Cuando se efectúe una transferencia de inmueble, la escritura traslativa de dominio constará con una cláusula en la que conste el compromiso de pago contraído por el vendedor por deudas anteriores, tomando el comprador a su cargo el pago del monto adeudado en los términos pactados.Artículo 2° - Facúltase al Departamento Ejecutivo a efectuar los ajustes necesarios en aquellas cuentas, que por error de aforos producidos por una mala interpretación, o en aquellos casos en que la ubicación en que se encuentra el inmueble, sea dentro de una zona, cuya actividad sea notoriamente disímil y genere una carga por demás onerosa y/o confiscatoria; y que pudieran haberse producido, aún con anterioridad a la presente ordenanza.CAPITULO IICOMERCIO, INDUSTRIA Y ACTIVIDADES CIVILESArtículo 3° - Comercio, Industria y Actividades Civiles. Fíjase como tasa anual por retribución de servicios que en concepto de inspección, control de seguridad, higiene y moralidad práctica la Municipalidad de Malargüe al Comercio, a la Industria y a las Actividades Civiles, la que surja de la aplicación del presente Capítulo:A- Tabla de Puntaje:ConceptoSubconceptoPuntosComercial Categoría A300Comercial Categoría B225ActividadComercial Categoría C100Comercial Categoría D80Industrial450Petrolera600C "I"100C "II"80ZonaC "III"60C "IV"40C "V"20De 01 a 20 m220De 21 a 100 m230Superficie CubiertaDe 101 a 400 m250De 401 a 1000 m2100De 1001 a 2000 m2180Más de 2000 m2300Hasta 150 m220De 151 a 275 m230Superficie SemicubiertaDe 276 a 400 m240De 401 a 1000 m270De 1001 a 2000 m2130Más de 2000 m2200Hasta 250 m210De 251 a 415 m220Superficie DescubiertaDe 416 a 600 m230De 601 a 1000 m250De 1001 a 2000 m2120Más de 2000 m2160¤Los rubros anexos pagarán el 50 % del monto que le corresponda.B-1)C- Establécese que los institutos y academias de enseñanzas varias privadas pagarán el 50% del concepto Actividad.D- Establécese que albergues transitorios, bailantas, cabarets y confiterías bailables pagarán un 100% más del concepto Actividad.E- Venta de Bebidas AlcohólicasSolo estará autorizada en Supermercados, almacenes y despensas por lo que se pagará el ciento por ciento (100%) del concepto actividad.F- Clasificación de Categorías de acuerdo al rubro que desarrollen:F.1.Actividad comercial Categoría A:Bancos oficiales, compañías financieras, bancos privados, estaciones de servicios, compañías de seguros, AFJP, servicios de abastecimiento de gas, luz, agua, televisión por cable y/o codificada, locales bailables, cabaret, alojamientos turísticos, albergues transitorios, salón de fiestas, salón de fiestas infantiles (peloteros), restaurante, café, Púb., bar, pool-juegos, agencias de quiniela y lotería, supermercados, vinoteca, alquiler y venta de ski e indumentaria, empresas de transporte de media y larga distancia, empresas constructoras y otros similares.F.2.Actividad comercial Categoría B:Venta de materiales de construcción y electricidad, ramos generales (corralón, barracas), correos, locutorios, agencia de automotores, mueblerías, zapaterías, venta de indumentaria (ropa informal, tienda, sastrería), venta de maquinas y/o aparatos para gimnasia, lavanderías, bazar, venta artículos del hogar, alquiler de canchas (fútbol 5), imprenta, empresa de viajes de corta distancia, alquiler de movilidad, pinturería, clínicas privadas, farmacia, y otros similares, empresas de cargas generales, alquiler de contenedores y depósitos de mercaderías varias.F.3Actividad comercial Categoría C:Carnicería, rotisería, verdulería, kiosco grande, venta de artículos varios (todo suelto, artículos importados), artículos de limpieza, relojería, perfumería, lencería, pañalera, panadería, heladería, ferretería, comedores, juguetería, repuestos de automotor, agencias de turismo y de viajes, fiambrería, fábrica de muebles, taller mecánico, tornería, taller de chapería y pintura, ópticas, elaboración y venta de pastas y pan, gimnasio, distribuidores, talabartería, inmobiliarias, institutos, academias de enseñanzas privadas, agencia de promoción (Direct TV, telefonía, etc.), bijouterie, librerías, venta artículos regionales, gomerías, video, casa de música, venta de cubiertas y derivados, peluquería, marroquinería, cerrajería, venta de telas, compra y venta de usados, venta de artículos de goma y/o plástico, joyería, venta de insumos de electrónica, fotocopiadora, cotillón, radios, venta de plantas y mascotas, autoservicios de estaciones de servicio, lavaderos de autos, fabricación de indumentaria, chocolatería, aserraderos, centro de informática y venta de insumos, depósitos, transporte de agua, atmosférico, arena, etc., almacén, despensa, pintores y ploteados, bordados, tatuajes, servicios eventuales, servicios de encomiendas, tapicería, venta de aberturas, y otros similares.F.4Actividad comercial Categoría D:Taller de bicicletas, kiosco chico, taxi por unidad, taxiflet por unidad, Servicio de ambulancias por unidad, fabricación de baterías, santería, y otros similares.F.5Actividades industriales:Siderúrgicas, extracción de yeso con todos sus procesos y derivados, extracción de minerales y sus procesos, y otros similares.F.6Actividades petroleras:Empresas relacionadas con petróleo y sus derivados: extracción, perforación, perfilajes, almacenamiento, planta y depósito, alojamiento p/personal de campamento, transporte de gas, maquinarias y grúas, empresas relacionadas con el transporte de petróleo, y otros similares.F.7Artículo 4º - Parámetros que componen la tabla de puntaje...

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