Orden Público Laboral- Desistimiento de Acción y Derecho– Improcedencia- M. del Plata

AutorEquipo Federal del Trabajo

T. T. Nº 2 Mar del Plata

En la ciudad de Mar del Plata, el diez de Agosto de dos mil nueve, se reúne el Tribunal del Trabajo Nº 2, en Acuerdo Ordinario, a fin de pronunciar su Veredicto en los autos caratulados "VALOR, Mario Fermín c/ GOLD FISH S.R.L. y otro s/ Despido" Expediente Nº 52918. Practicado por Secretaría el sorteo correspondiente, resultó el siguiente orden de votación: Dres. Beltrán Jorge Laguyás, Humberto Omar Noel y Graciela Eleonora Slavin. De inmediato se resolvió plantear y votar la siguiente.-

Cuestión de hecho

UNICA: ¿ Se ha reunido en autos la base fáctica para la eventual admisibilidad del desistimiento de acción y derecho ?

A LA UNICA CUESTIÓN: El Sr. Juez Dr. Laguyás dijo:

Adelanto que la pretensión en tratamiento debe ser rechazada, según se verá seguidamente.-

El actor, al promover demanda (fs.6 y sigts.) dijo haber laborado como filetero en relación de dependencia, a favor de Gold Fish SRL, desde el 01/04/08, devengando un haber mensual de $ 3.000,00 Agregó que por no haber sido debidamente registrado, adeudársele salarios y negarle tareas, emplazó a la firma demandada para que cumpliera con su débito y que ante el silencio de ésta, en fecha 15/05/09 consideró disuelto el vínculo por culpa del empleador, promoviendo acción judicial tendiente al cobro de la suma de $ 57.818.75, comprensiva de rubros remuneratorios ($ 5.625.00) e indemnizatorios ($ 52.193.75). Demandó solidariamente a Daniel Salazar como Gerente de la firma antes nombrada.-

Dado lo anterior, en fecha 03/06/09 el tribunal dispuso correr traslado de la demanda por el plazo legal (fs.14), sin que haya constancias del diligenciamiento de la cédula de práctica.-

Sin que hubiera presentación previa alguna, el 26/06/09 se apersonó el actor con el patrocinio letrado del apoderado que promovió demanda y abierto el acto, dijo: "... que por tener familia a cargo, estar desocupado y necesitado de dinero, arregló con los demandados terminar el juicio por la suma de pesos tres mil quinientos (3.500.00) que se le abonará al finalizar esta audiencia, motivo por el cual manifiesta que desiste de la acción y del derecho contra ambos demandados Gold Fish SRL y Daniel Salazar ...".-

Considero probado un severo estado de necesidad del actor, de lo cual habla a las claras sus manifestaciones en sede judicial, hechas con la mayor frescura y rodeado de las debidas garantías para que pudiera expresarse con total libertad.-

Considero que no se ha dado la base fáctica para la eventual admisibilidad del desistimiento de acción y derecho; lo cual será ponderado en la siguiente etapa.-

Así lo voto.-

A LA MISMA CUESTIÓN: Los Señores Jueces Dr. Noel y Dra. Slavin adhieren por sus fundamentos al voto precedente, votando con idéntico alcance.

Con lo que terminó el Acuerdo firmando los Señores. Jueces por ante mí, Secretario Autorizante, doy fe.-

BELTRAN JORGE LAGUYAS

HUMBERTO OMAR NOEL

GRACIELA ELEONORA SLAVIN

En la ciudad de Mar del Plata, el diez de Agosto de dos mil nueve, se reúne el Tribunal del Trabajo Nº 2, en Acuerdo Ordinario, a fin de resolver el Desistimiento de Acción y Derecho habido en los autos caratulados "VALOR, Mario Fermín c/ GOLD FISH S.R.L. y otro s/ Despido" Expediente Nº 52918. Se observa en la votación por los Señores Jueces el orden establecido precedentemente.-

A n t e c e d e n t e s

A fs.6/12 se presenta el Doctor Osvaldo Adrián V. apoderado del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR