ORCOYEN Maria Teresa s/ Quiebra s/ Concurso Especial

Fecha de disposición05 Junio 2015
Fecha de publicación05 Junio 2015
SecciónSegunda Sección - Sociedades
Número de Gaceta33144

JUZGADO NACIONAL EN LO COMERCIAL N° 12

SECRETARÍA N° 24

EDICTO: Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N* 12, a cargo del Dr. Hernán D. Papa, Secretaria N* 24, a cargo de la suscripta, sito en M. T. de Alvear l840, planta baja, de CABA, comunica por cinco días en autos: “Orcoyen, María Teresa s/Quiebra s/Concurso Especial (Art. 209 LCQ), promovido por Sislian, Gustavo Walter”, Expte. COM. Nº 53324/2010/1 antes causa Nº 095895 (Reservado), que el martillero Lino C. Seivane, rematará al contado, en dinero efectivo y al mejor postor, el día 11 de junio de 2015, a las 11, 45 hs. en el salón de la calle Jean Jaures 545 de CABA, el inmueble sito en la Av. Santa Fe 2597/99 Esq. Ecuador 1407, 5* piso, Unidad Funcional 6, de CABA. Matrícula: 19-228/6. Nomenclatura Catastral: Circ. 19, Sec. 15, Manz. 137, Parc. 20ª. El citado inmueble tiene una sup. cub. propia de 134, 05 m, balcón de 3 m2. Total: 137, 05 m2. Porcentual: 8, 30%. Título, a fs. 899/905. De acuerdo a constatación del l7/11/14, realizada por el Síndico juntamente con el martillero, el inmueble se encuentra ocupado por la Sra. María Teresa Orcoyen, en calidad de propietaria, juntamente con su esposo Luis Mario Pitto y sus dos hijas, una menor. El departamento tiene 137m2. y consta de palier privado, dos dormitorios, escritorio (fs. 994 vta.), pieza y baño de servicio, l toilette y 2 baños completos living-comedor; cocina instalada, en “L”. Entrada de servicio con ascensor. El living con balcón a la calle s/Av. Santa Fe. Los pisos son de roble de eslavonia. Todo en buen estado de mantenimiento y conservación. El departamento podrá ser visitado los días 6, 8 y 9 de junio de 2015, de l4 a 17 hs. Base: $ 2.500.000.-. Seña: 30%. Comisión: 3%. Sellado de ley: 1%. Arancel Acordada 10/99: 0, 25%. Se podrá efectuar ofertas bajo sobre, cuyo procedimiento deberá requerirse en la Secretaría del Juzgado. El impuesto sobre la venta de los bienes inmuebles que establece el Art. 7 de la ley 23.905, será a cargo del comprador, no estarán incluidos en el precio y será retenido por el Escribano que otorgue la escritura traslativa de dominio. Las tasas, impuestos y contribuciones devengadas luego de la toma de posesión del inmueble serán a cargo del...

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