Sentencia de CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL, 27 de Julio de 2022, expediente FPA 003399/2022/CA001

Fecha de Resolución27 de Julio de 2022
EmisorCAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación CAMARA FEDERAL DE PARANÁ

FPA 3399/2022/CA1

Paraná, 27 de julio de 2022.

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “ORCELLET, JORGE NEMESIO

CONTRA P.A.M.

  1. SOBRE AMPARO LEY 16.986”, Expte. N° FPA

3399/2022/CA1, provenientes del Juzgado Federal N° 2 de Concepción del Uruguay, y;

CONSIDERANDO:

I- Que llegan estas actuaciones a conocimiento del Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto y fundado por la parte demandada el día 07/06/2022 contra la sentencia de primera instancia del 03/06/2022.

El recurso se concede el 13/06/2022, contesta agravios el actor el 15/06/2022 y quedan las presentes actuaciones en estado de resolver el 24/06/2022.

II-

  1. Que, el presente amparo lo promueve el Sr.

    J.N.O., contra el Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJYP-

    PAMI) a fin de que se le otorgue la cobertura urgente,

    gratuita e integral de la medicación

  2. ABIRATERONA,

    ACETATO (250 mg) comp. por 120- TEBIRAN b) LEUPTOLIDE,

    ACETATO (7,5 mg) kit por 1- LECTRUM 7,5 mg; conforme lo prescripto por su médico tratante por padecer cáncer de próstata- con progreso de enfermedad.

    Asimismo, con idéntico objeto, solicita se haga lugar a medida cautelar innovativa, la que es dictada mediante resolución de fecha 13/04/2022.

  3. Que, se presenta la parte demandada -PAMI-,

    efectúa una negativa de lo afirmado por su contraria y alega la inadmisibilidad de la vía del amparo elegida para resolver la cuestión suscitada. Sostiene que el INNSSJP no Fecha de firma: 27/07/2022

    Alta en sistema: 28/07/2022

    Firmado por: M.B.T., SECRETARIA

    Firmado por: B.E.A., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.J.B., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: C.G.G., JUEZ DE CAMARA

    incurrió en conducta arbitraria o ilegal en cuanto nunca negó la prestación.

    Expresa que el esquema está fuera de los protocolos oncológicos de PAMI –aprobados por Disposición 35/17- y que el afiliado tiene autorizado un tratamiento específico con SUNITINIB o PAZOPANIB para afrontar la enfermedad que padece.

  4. Que, la Juez de primera instancia hace lugar a la acción de amparo y condena al Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (INSSJP-

    PAMI) a brindar la cobertura urgente, gratuita e integral de la medicación solicitada, conforme lo prescripto por el médico tratante debido a la enfermedad que padece.

    Impone las costas a la demandada por resultar vencida, regula honorarios en 10 UMA a cada uno de los letrados de la parte actora y tiene presente la reserva del caso federal efectuada.

    Contra dicha decisión se alza la parte apelante.

    III-

  5. Que, agravia al PAMI la condena a proveer la medicación solicitada. Sostiene...

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