Deudor cedido opone pago al cedente, anterior a la notificación del cesionario crediticio (Art. 1468 Cód Civil)

AutorMiguel A. Sansó
Actualizado aJunio 2008

1- Como deudor cedido del crédito ........., me dirijo a usted por su calidad de cesionario, según notificación recibida por la Carta Documento Nº ...... de fecha .../.../200.. 2- Le OPONGO la excepción de pago hecha por el acto ......., en fecha .../.../200..., al cedente ............, DNI. Nº ......., me amparo en lo preceptuado por el artículo 1468 y...

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