Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal , 28 de Febrero de 2012, expediente 6.132/06

Fecha de Resolución28 de Febrero de 2012

Poder Judicial de la Nación Causa Nº 6132/06 Centro de Investigaciones Oncohematológicas S.A. c/

Juzgado Nº 10 Obra Social del Personal de la Industria del Cuero y Secretaría Nº 19 Afines s/ incumplimiento de prestación de obra social/

medicina prepaga.

Buenos Aires, 28 de febrero de 2011.

VISTO: el recurso de apelación interpuesto a fs. 274 –fundado mediante el escrito de fs. 276/279, cuyo traslado no fue contestado– contra la resolución de fs. 270/271; y CONSIDERANDO:

1) Que el señor juez desestimó la suspensión del trámite de ejecución de sentencia que, invocando la ley 26.563, solicitó la demandada, decisión que motivó el recurso de esa parte.

Inicialmente se refirió a los planteos que había formulado en el escrito de fs.

251/253 en torno a la tasa de justicia y a un embargo que pesa sobre los fondos que persigue la actora, y por otra parte objetó que el juzgador estimara que la ley 26.563 es inaplicable al sub lite.

2) Que a pesar del extenso y esforzado desarrollo argumental que contiene el memorial en torno a la ley 26.563, existe un aspecto esencial a los fines que aquí interesan que fue soslayado tanto por esa parte como por el a quo.

En efecto, sin necesidad de examinar la adecuación constitucional de las sucesivas USO OFICIAL

prórrogas de la emergencia sanitaria nacional, se debe tener en cuenta que en su momento la ley 26.077 prorrogó el estado de emergencia sanitaria nacional dispuesto mediante el decreto nº 486/02 del 12·3·02. No obstante, en esa oportunidad el legislador excluyó de ese régimen la ejecución de sentencias firmes pasadas en autoridad de cosa juzgada, así como la traba de medidas cautelares en los supuestos indicados en la norma (confr. ley citada, art. 2).

En función de ello, teniendo en cuenta que en el caso media una sentencia firme que condenó a la obra social demandada, que las sucesivas prórrogas de la emergencia remiten a los términos de la ley 26.077 (confr. leyes 26.204, 26.339, 26.456, 26.563 y 26.729) y que nos hallamos ante una liquidación practicada...

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