Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala M, 22 de Marzo de 2022, expediente CIV 009639/2021/CA001

Fecha de Resolución22 de Marzo de 2022
EmisorCamara Civil - Sala M

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA M

9639/2021

OMINT ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO SA c/

RESPONSABLE ACCIDENTE DEL 19/03/2019 EN ACCESO OESTE Y

CAMINO DEL BUEN AYRE s/INTERRUPCION DE PRESCRIPCION

Buenos Aires, de marzo de 2022.

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. ) La actora apeló en forma subsidiaria la providencia del 11 de marzo de 2022, mantenida por resolución del 15 del mismo mes, que denegó la diligencia preliminar solicitada, consistente en la remisión de la historia clínica del dependiente de su asegurada.

  2. ) En anteriores ocasiones este tribunal ha entendido que las medidas preparatorias del proceso de conocimiento, tienen por objeto asegurar a las partes la posibilidad de plantear sus alegaciones en la forma más precisa y eficaz. Tienden, esencialmente, a la determinación de la legitimación procesal de quienes han de intervenir en el proceso, o la comprobación de ciertas circunstancias cuyo conocimiento es imprescindible o manifiestamente ventajoso o útil, desde el punto de vista de la economía procesal, para fundar una eventual pretensión en juicio. Las mismas no podrían obtenerse sin intervención de los jueces y posibilitan que el proceso quede desde el comienzo constituido regularmente1.

En otras palabras, a través de dichas medidas se persigue,

esencialmente, la determinación de la legitimación procesal de quienes han de intervenir en el proceso o la comprobación de ciertas circunstancias cuyo conocimiento es imprescindible.

Desde esta óptica, se advierte que las medidas solicitadas por la actora pueden ser calificadas como de “medidas preparatorias” y, en tal contexto, el tribunal no encuentra obstáculos para acceder al oficio pedido.

En efecto, el juez debe acceder a ellas si la solicitud es fundada en una necesidad real y la diligencia es necesaria para que la demanda pueda ser promovida en forma correcta2, situación que se configura en el presente caso,

debido a que -según la demanda- la atención médica inicial al trabajador 1 Conf. esta S., “Provincia ART S.A. c/ Responsable hecho ocurrido el 09/10/2017 en Av Santa Fe 1400 CABA s/Interrupción de prescripción”, del 26-10-2020.

2 cfr. M., A., Códigos Procesales.., T.IV-A, pág.448.

Fecha de firma: 22/03/2022

Firmado...

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