Rodriguez Juan Omar S/ Infraccion Art. 5 Inc. C) de la Ley 23.737 y Su Acumulado Arias Sandra Noemi S/infraccion Art. 5 Inc. C) de la Ley 23.737

Fecha de la disposición15 de Diciembre de 2010

Miércoles 15 de diciembre de 2010 Segunda Sección BOLETIN OFICIAL N'º 32.048 37

  1. Edictos Judiciales NUEVAS 3.1. CITACIONES Y NOTIFICACIONES.

CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS % 37 % TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL FEDERAL SANTA FE-SANTA FE El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, en los autos caratulados: “Pérez, Néstor A. s/Infracción art. 5'° inc. c) de la Ley 23.737”, resuelve:

  1. Condenar a Néstor Adán Pérez, cuyos demás datos de identidad obran precedentemente, como autor responsable del delito de Transporte de Estupefacientes (art. 5'° inc. “c”, de la ley 23737), a sufrir la pena de cuatro años y seis meses de prisión, y a pagar en concepto de multa la suma de trescientos cuarenta pesos ($ 340.-), dentro del término previsto en el art. 501 del C.P.P.N., bajo apercibimientos de ley (art. 21 del Cód. Penal), con más las accesorias del art.

    12 del Cód. Penal.

  2. Imponer al condenado las costas del juicio, y en consecuencia el pago de la tasa de justicia que asciende a la suma de pesos sesenta y nueve con setenta centavos ($ 69,70), intimándolo a hacerlo efectivo en el término de cinco (5) dÃas bajo apercibimiento de multa del cincuenta por ciento (50%) del referido valor, si no se efectivizare en dicho término.

  3. Proceder al decomiso del automotor marca Fiat Palio, dominio CWQ-013, secuestrado en la causa (arts. 23 del Cód. Penal y 30, último párrafo, ley 23.737).

  4. Ordenar que por SecretarÃa se practique el cómputo legal, con notificación a las partes (art.

    493 del C.P.P.N.).

  5. Disponer la destrucción del material estupefaciente secuestrado (art. 30, Ley N'° 23.737), en acto público cuya fecha de realización será oportunamente establecida.

  6. Proceder oportunamente a la devolución de los demás efectos secuestrados y del dinero incautado el que mientras tanto, quedará retenido en garantÃa conforme lo dispuesto en el artÃculo 523, 3'° párrafo del C.P.P.N.

  7. Diferir la regulación de los honorarios profesionales del Dr. Ricardo Degoumois, hasta tanto de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 2'° de la Ley N'° 17.250.

    Se deja constancia de que el Dr. Ricardo Moisés Vásquez participó de las deliberaciones y comparte los argumentos, pero no suscribe la presente por encontrarse prestando funciones como Juez de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal Federal N'° 1 de Rosario, pcia. de Santa Fe.

    Agréguese el original al expediente, protocolÃcese la copia, hágase saber y oportunamente archÃvese.— MarÃa Ivon Vella, Juez de Cámara.— José M. Escobar Cello, Juez de Cámara. Ante mÃ: Alejandro R. Hintermeister,

    Secretario.

    e. 15/12/2010 N'° 153878/10 v. 15/12/2010 % 37 % El Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, en los autos caratulados: “RodrÃguez,

    Juan Omar s/Infracción art. 5'° inc. c) de la Ley 23.737” y su acumulado “Arias, Sandra Noemà s/Infracción art. 5'° inc. c) de la Ley 23.737”, resuelve:

  8. Condenar a Sandra Noemà Arias, cuyos demás datos de identidad obran precedentemente, como autora responsable del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5'°, inc. “c”, ley 23.737) a sufrir la pena de cuatro años de prisión, de cumplimiento efectivo, y a abonar en concepto de multa la suma de trescientos pesos ($ 300), monto conforme Ley N'° 23.975, dentro del término previsto en el art.

    501 del C.P.P.N., bajo apercibimientos de ley (art.

    21 Código Penal) , con más las accesorias del art. 12 del C.P.

  9. Condenar a Juan Omar RodrÃguez, cuyos demás datos de identidad obran precedentemente, en grado de partÃcipe secundario del delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5'°, inc. “c”, ley 23.737) a sufrir la pena de dos...

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