Sentencia de Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires, 6 de Agosto de 1996, expediente C 46414

PonenteJuez SAN MARTIN (SD)
PresidenteSan Martín-Pisano-Laborde-Negri-Hitters
Fecha de Resolución 6 de Agosto de 1996
EmisorCorte Suprema de la Provincia de Buenos Aires

A C U E R D O

En la ciudad de La Plata, a seis de agosto de mil novecientos noventa y seis, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctores S.M., P., L., N., Hitters, se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa Ac. 46.414, "O., S.A. contra Hijos de M.L. S.R.L. Simulación y reivindicación".

A N T E C E D E N T E S

La Cámara Primera de Apelación en lo Civil y Comercial -Sala I- del Departamento Judicial de Bahía Blanca confirmó en lo principal la sentencia de fs. 164/170, que había rechazado la excepción de cosa juzgada, hecho lugar a la excepción de prescripción opuesta y, en consecuencia, rechazado la demanda con costas. Impuso las costas de la excepción de cosa juzgada a la demandada.

Se interpusieron, por la demandada y por la actora, sendos recursos extraordinarios de inaplicabilidad de ley .

Dictada la providencia de autos y encontrándose la causa en estado de dictar sentencia, la Suprema Corte resolvió plantear y votar las siguientes

C U E S T I O N E S

  1. ) ¿Es fundado el recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley de fs. 246/253?

    En su caso:

  2. ) ¿Lo es el de fs. 239/244?

    V O T A C I O N

    A la primera cuestión planteada, el señor J. doctorS.M. dijo:

    1. La Cámara, para resolver como lo hizo, analizó minuciosamente el material probatorio y al respecto sostuvo que 1) "en el expediente nº 12.538 juicio de simulación anterior, intentado por S.A.O., se agregó un documento firmado por éste, de fecha 4 de noviembre de 1965, que se refiere a la venta que la firma "O. y Cía.", de la que era integrante el suscripto, hiciera a 'Hijos de M.L. S.R.L.' de un campo de 895 has., según escritura nº 34 del 6 de febrero de 1963, documento éste de contenido similar al del mencionado escrito de su hermano R.J. y en el que también declara la consolidación del negocio..."; 2) este documento fue objeto de pericia caligráfica, que determinó la autenticidad de la firma de S.A.O. (v. fs. 373/375) y "... ello crea la convicción del conocimiento por parte del actor de la voluntad de la compradora del campo, de considerar real la compraventa a que se refiere la escritura nº 34 y negar la supuesta simulación..."; 3) "... la compraventa en cuestión quedó consolidada con la escritura nº 281 (fs. 31/37 del expediente nº 12.538) del 4 de noviembre de 1965, por la que con intervención del actor S.A.O., haciéndose referencia a que la operación de venta del campo de 895 hectáreas a la firma 'Hijos de M.L. S.R.L.', se efectuó con pacto de retroventa, que vencía el 6 de febrero...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR