Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil - Camara Civil - Sala D, 14 de Febrero de 2019, expediente CIV 061336/2016/CA002

Fecha de Resolución14 de Febrero de 2019
EmisorCamara Civil - Sala D

Poder Judicial de la Nación CAMARA CIVIL - SALA D 61336/2016 - OLIVER, M.A. c/ BAL, S. Y OTRO s/DESALOJO: INTRUSOS.

Buenos Aires, de febrero de 2019.- PS Y Vistos. Considerando:

La providencia de fojas 48, mantenida a fojas 54/4 vuelta, en virtud de la cual se tuvo por tardía la contestación de demanda obrante a fojas 46/7 vuelta y se ordenó su desglose para ser devuelta al interesado, es ajustada a derecho y a las constancias de la causa, adelantando en este sentido, que será

confirmada.

En efecto, las quejas que se analizan no logran refutar las constancias incontrastables que derivan por un lado, de los datos consignados en la diligencia de fojas 41/2 que dan cuenta de la fecha de notificación del traslado de la demanda y por otro, del cargo inserto en el escrito en cuestión, que llevan al Tribunal a concluir -sin hesitación-, que efectivamente la contestación de demanda es extemporánea, al igual que lo son las manifestaciones que tardíamente introduce en el planteo de revocatoria enderezado -entre otras cosas- a impugnar la cédula respectiva (Cfr. art. 170 CPCC).

En vista de ello, y no encontrando en el memorial sujeto a consideración ningún fundamento de peso que logre rebatir la decisión recurrida, se rechazan las quejas allí

expresadas respecto de las cuales es del...

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