Sentencia de Sala B, 12 de Diciembre de 2008, expediente 2.611-P

Fecha de Resolución12 de Diciembre de 2008
EmisorSala B

Poder Judicial de la Nación N° 43/08 P.R., 12 de diciembre de 2008 .

Visto en Acuerdo de la Sala "B" de la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, el expediente n° 2611-P de entrada "OLIVA, H.A. s/ Habeas Corpus ley 23.098", (n° 891/08 del Juzgado Federal n° 2 de Santa Fe).

Y Considerando que:

  1. Mediante resolución n° 681 del 10 de diciembre del )

    corriente (fs. 6/7 vta.), el Juez del Juzgado Federal n° 2 de Santa Fe, Dr. F.M.M., dispuso declarar la incompetencia del Juzgado a su cargo para entender en los presentes, atento que los actos supuestamente lesivos denunciados, provendrían de personal del Servicio Penitenciario Provincial que se desempeña en la Unidad de USO OFICIAL

    Detención N° 2 "Las Flores". Asimismo, ordenó la re misión de copia del acta de denuncia y del pronunciamiento dictado al Tribunal Oral en lo Criminal Federal de la ciudad de Santa Fe, a cuya disposición se encuentra detenido el presentante H.A.O..

  2. Corresponde confirmar la decisión venida en con sulta )

    atento que son acertados los fundamentos expuestos por el juez a quo. En efecto,

    de los términos del acta labrada en el Juzgado a raíz del comparendo dispuesto a fin de que Oliva expusiera las causales de la denuncia no expresadas en su presentación inicial (fs. 2 y 5/vta.), surge que los hechos que se denuncian como lesivos y que podrían determinar el agravamiento de las condiciones de su detención, habrían sido realizados por funcionarios provinciales dependientes del Servicio Penitenciario Provincial, en tanto aquel se encuentra detenido (si bien a disposición de un Tribunal del fuero federal) en el Instituto de Detención de la Capital U. 2, "Las Flores" (fs. 1/ 2).

    Esta justicia federal de excepción sólo resulta competente para entender en acciones de la índole de la que nos ocupa cuando se cuestionan actos provenientes de autoridad nacional (art. 2 ley 23.098). Así lo ha considerado este Tribunal en un pronunciamiento anterior (cf. Acuerdo nro. 9/06...

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