Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Penal Económico, 28 de Abril de 2011, expediente 6537
Fecha de Resolución | 28 de Abril de 2011 |
r?JJ~ ofiulb:ia/ de la Q/1í~Jt ~\~~ ~\1,,~~JJ:~'>:2.?~[~"?:i[,lt1(G'
r··'~J"."'·>'_ ~
ffi~1\
RECURSO DE QUEJA POR APELACIÓN DENEGADA EN CAUSA W 6537: "GOLDZAMD aLGA
PAULINA S/INF. ART. 302 DEL C.P.", Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secretaria N° 13.
Causa N° 61.291, F. W 125, Orden N° 23.743. Sala "B".
I.A., 2g de abril de 2.011.
VISTOS:
El recurso de casación interpuesto por la defensa oficial de O.P.G. a fs. 35/48 vta. de este incidente contra la resolución de fs. 30/30 vta., dictada por esta Sala "B" (Reg. N° 826/2010).
y CONSIDERANDO:
..J 10) Que, por la lectura de la presentación de fs. 35/48 vta. se «
u advierte que el recurso interpuesto carece de una fundamentación autónoma,
u.
o pues no resulta auto suficiente en los términos del arto 463 del C.P.P.N.
o En el recurso de casación, por ser esta impugnación de carácter (J)
::> extraordinaria o excepcional, deben considerarse incluidas las mismas exigencias formales que se exigen por la constante jurispnldencia del más Alto Tribunal con respecto al recurso extraordinario federal (C.N.C.P., S.I.,
Causa N° 3 "REINAGA, H.E.", 5/3/93); por 10 tanto, el escrito de interposición debe bastarse a sí mismo de modo que la sola lectura de aquél debe resultar suficiente para la comprensión cabal del caso (C.N.C.P., S. lIT,
c.102, "MERCADO", res. el 14/2/94 y S.I. c. 4480 "LLANOS ,C", res. el 25-05-03), requisito que no está cmnplido por la presentación que se exmnina.
20) Que, la Sala Il de la Cámara Nacional de Casación Penal expresó, por el pronunciamiento del Reg. N° 7139 del 12 de noviembre de 2004: "...es criterio del Tribunal que tanto el recurso de casación como el de queja deben autoabastecerse y su sola lectura resultar suficiente para la adecuada comprensión del caso, de los agravios y los fundamentos que demuestran el yerro de la sentencia impugnada, de manera tal que circunscriba adecuada y acabadamente la materia que será objeto de análisis por el juzgador sin necesidad de remitirse a otras piezas del expediente para ser completada ... ".
-
) Que, la Sala I de la Cámara Nacional de Casación Penal (Reg. N° 9922 del 12-12-06 en causa "VILLAGRA, F.N. s/recurso de queja") estableció la necesidad que el recurso de casación tenga fundamentación suficiente para que pueda prosperar la vía intentada.
-
) Que, si bien la defensa oficial de alga P.G.
sustentó el recurso interpuesto en los ténninos del arto 456 inc. 2°, del C.P.P.N., se advierte que la parte recurrente sólo pretende...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba