Sentencia de Camara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV, 29 de Octubre de 2019, expediente CIV 029941/2019/CA001

Fecha de Resolución29 de Octubre de 2019
EmisorCamara Contencioso Administrativo Federal- Sala IV

Poder Judicial de la Nación CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA IV CIV 29941/2019/CA1 OLAZAGOITIA, R.A. c/ PRESEDO, R.H. s/PROCESO DE EJECUCION Buenos Aires, 29 de octubre de 2019.

VISTO

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que, en autos se plantea un conflicto negativo de competencia entre los titulares de los juzgados en lo Contencioso Administrativo Federal Nº 5 y en lo Civil Nº 14, quienes se atribuyeron recíprocamente el conocimiento de la causa (fs. 172/vta., 189/vta. y 193).

  2. ) Que esta S. debe resolver de manera definitiva conforme lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos “Costa, M.H. c/Registro Automotor Nº 46 (Sra. A N.F. de L.) s/diligencia preliminar”, sent. del 2 de junio de 2015.

    Con mayor precisión, el Alto Tribunal resolvió que esta Cámara debía decidir los conflictos de competencia suscitados entre jueces nacionales con asiento en la Capital Federal y los jueces en lo contencioso administrativo federal (“G.M., L.N. c/Estado Nacional –

    Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas de la Nación s/medida cautelar (autónoma)”, sent. del 26/12/18 y “Observatorio Internacional De Prisiones c/

    EN-M Desarrollo Social de la Nación y otro s/amparo ley 16.986”, sent. del 12/03/2019).

  3. ) Que para determinar la competencia se debe estar de manera principal a la exposición de los hechos que el actor hace en la demanda y, en la medida de que se adecue a ellos, al derecho invocado como fundamento de su pretensión (Fallos: 308:229; 310:116; 311:172; 313:971, entre otros).

    De las constancias de la causa surge que el doctor R.Á.O. pretende ejecutar el convenio de honorarios suscripto con el señor R.H.P. en función del patrocinio letrado asumido en la causa Nº 31413/93, caratulada “Presedo, R.H.c.M. General del Ejército s/personal militar y civil de las FFAA y de Seg” (conf. fs. 73 y 74).

  4. ) Que, el F. General opinó que se pretendía la Fecha de firma: 29/10/2019 Firmado por: M.D.D., JUEZ DE CAMARA...

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