OJEDA, RAUL AMBROSIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

Número de expedienteFRE 013477/2017/CA001
Fecha11 Julio 2019
Número de registro239221540

Poder Judicial de la N.ión CAMARA FEDERAL DE RESISTENCIA 13477/2017 OJEDA, R.A. c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS Resistencia, 11 de julio de 2019.-

Y VISTOS:

Estos autos caratulados: “OJEDA, R.A. C/ANSES S/REAJUSTES VARIOS” Expediente Nº 13477/2017, a fin de resolver la concesión del recurso extraordinario deducido por la demandada; Y CONSIDERANDO:

Que el recurso extraordinario federal intentado por la demandada lo ha sido contra la sentencia de fs. 96/99, fundada en lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la N.ión en los precedentes “Zagari” (Z.141.XLII del 10/11/09) y “Elliff” (Fallos 332:1914.-

Cuando, como en el caso, la cuestión ya ha sido decidida por la CSJN en sentido contrario al pretendido por el recurrente sin haber este expuesto una argumentación distinta, la misma ha devenido en insustancial.-

Cabe destacar -por otra parte- que la Resolución 203/2016 dictada por ANSES y el Decreto 807/2016, instruyeron a los letrados apoderados del organismo a consentir las sentencias de segunda instancia que respondan a casos que ya cuentan con criterios consolidados de la CSJN y abstenerse de interponer recursos extraordinarios, o desistir de los ya interpuestos, a fin de evitar un dispendio jurisdiccional innecesario.-

Asimismo debe tenerse presente que el 4 de noviembre de 2009 el Estado Argentino se comprometió ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos a tomar medidas necesarias para evitar las demoras de ANSES en la liquidación de...

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