OJEDA GERARDO SOBRE INFRACCION ARTICULO 302 C.P.

Fecha de disposición26 Septiembre 2012
Fecha de publicación26 Septiembre 2012
SecciónCuarta Sección - Judiciales

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nro. 7, Secretaría Nro. 14, notifica a Gerardo OJEDA (D.N.I. Nº 22.395.199), que con fecha 17/9/2012 se resolvió: I.- DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN la acción penal instada contra Gerardo OJEDA (D.N.I. Nº 22.395.199), con relación a los hechos vinculados con el libramiento de los cheques Nos. 03-35125336 y 03-35125350 del Banco Boston, pertenecientes a la cuenta corriente Nº 17/6307/08, los cuales al ser presentados al cobro fueron rechazados por las causales de repulsa: “CUENTA CERRADA – SIN FONDOS” y “SUSPENDIDO SERVICIO DE PAGO DE CHEQUES SIN FONDOS”, respectivamente, y del cheque Nº 18945964 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, perteneciente a la cuenta corriente Nº 13613/6, ambas abierta a nombre de “Gerardo OJEDA”, el cual al ser presentado al cobro fue rechazado por la causal de repulsa: “CUENTA CERRADA”, y en consecuencia, SOBRESEER TOTALMENTE al nombrado en orden a los hechos mencionados (artículos 59 inciso 3º, 62 inciso 2º y 63 del Código Penal, 302 inciso 2º del Código Penal y 334 y 336, inciso 1º del Código Procesal Penal de la Nación). II.- LEVANTAR la orden de captura que pesa sobre Gerardo OJEDA (D.N.I. Nº 22.395.199). A tal fin líbrese oficio a la División Orden del Día de la Policía Federal Argentina. III.- SIN COSTAS (artículos 530 y 531 “in fine” del C.P.P.N.)., en la causa Nº 3594, caratulada “OJEDA GERARDO SOBRE INFRACCIÓN ARTÍCULO 302 C.P.”. Publíquese por cinco días. Como recaudo legal, se transcribe el auto que así lo ordena: “Buenos Aires, 17 de septiembre de 2012. AUTOS Y VISTOS: … Y CONSIDERANDO: … RESUELVO: I.- DECLARAR EXTINGUIDA POR PRESCRIPCIÓN la acción penal instada contra Gerardo OJEDA (D.N.I. Nº 22.395.199), con relación a los hechos vinculados con el libramiento de los cheques Nos. 03-35125336 y 03-35125350 del Banco Boston, pertenecientes a la cuenta corriente Nº 17/6307/08, los cuales al ser presentados al cobro fueron rechazados por las causales de repulsa: “CUENTA CERRADA – SIN FONDOS” y “SUSPENDIDO SERVICIO DE PAGO DE CHEQUES SIN FONDOS”, respectivamente, y del cheque Nº 18945964 del Banco de la Provincia de Buenos Aires, perteneciente a la cuenta corriente Nº 13613/6, ambas abierta a nombre de “Gerardo OJEDA”, el cual al ser presentado al cobro fue rechazado...

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