Sentencia de Cámara de lo Contencioso Administrativo - Santa Fe, 20 de Marzo de 2015

Fecha de Resolución20 de Marzo de 2015
EmisorCámara de lo Contencioso Administrativo - Santa Fe

A. y S.T. 43, págs. 82/82

Santa Fe, 20 de marzo de 2015.

VISTOS: Estos autos caratulados "OGGIER, G.E. contra PROVINCIA DE SANTA FE sobre MEDIDA CAUTELAR AUTÓNOMA" (Expte. C.C.A.1 n° 66, año 2015), venidos para resolver lo peticionado a fojas 44/46; y,

CONSIDERANDO: I.1. El señor G.E.O. deduce medida cautelar autónoma contra la Provincia de Santa Fe tendente a obtener que se suspendan los efectos de la disposición n° 7, del 2.3.2015, emitida por el Director de la Escuela del Servicio Penitenciario provincial, en cuanto se lo excluye del ingreso al "XXVIII Curso de Formación de Oficiales"; y, que, en consecuencia, se ordene su reincorporación a dicho curso o al que se dicte en el futuro, con costas.

Explica que se lo excluyó por poseer una causa con perdón judicial; y por no haber obtenido calificación "buena" como mínimo en los dos últimos años de antigüedad, ya que egresó del LII curso de suboficiales en el año 2014. 2. Posteriormente, el peticionario hace saber que la fecha para el examen de cadetes ha sido fijada para el día miércoles 25.8.2015 [rectius: 25.3.2015], "es decir, el próximo día hábil y, por tanto, no posibilitar que [...] rinda implicaría dejarlo fuera del Curso de Cadetes con la consiguiente frustración definitiva de sus derechos laborales y económicos involucrados, provocando la paralización de su carrera dentro de la Administración".

Solicita, en definitiva, se suspendan los efectos de la resolución cuestionada "al sólo efecto permitirle que realice el examen fijado para el día [25.3.2015], ello con total independencia [de lo que] se decida respecto de su ingreso al curso".

Asimismo, invoca como hecho nuevo que "la causal vinculada a la antigüedad en el servicio ya no se puede considerar vigente, en tanto la propia Administración la ha dejado sin efecto por resolución n° 397 de la Dirección General del Servicio Penitenciario [...]". 3. Conforme...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR