Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial - Camara Comercial - Sala B, 22 de Abril de 2022, expediente COM 021836/2019/CA001
Fecha de Resolución | 22 de Abril de 2022 |
Emisor | Camara Comercial - Sala B |
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B
21836/2019 - OGA, S.A. c/ PACHECO, JOSE HUMBERTO
s/EJECUTIVO
Juzgado Comercial N°16 – Secretaria N° 160
Buenos Aires, 22 de abril de 2022.
Y VISTOS:
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El ejecutado apeló la resolución de foliatura digital 108
que desestimó sus defensas y dictó sentencia de remate. Sostuvo el recurso con el memorial de foliatura digital 114/115 que fue contestado de igual modo a fs. 120/122.
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La cuestión fue bien decidida por el juez a quo.
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En primer lugar debe señalarse que el auto de apertura a prueba de foliatura digital 49 fue notificado al apelante con fecha 21.08.20
y se encuentra firme. De dicha providencia surge de modo claro cuales puntos de pericia fueron admitidos, por lo que nada cabe modificar en esta instancia a ese respecto so riesgo de retrotraer la cuestión a una etapa procesal respecto de la cual tiene plena vigencia el principio de preclusión.
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Sentado ello, y frente a la conclusión pericial, debe rechazarse la falsedad fundada en el desconocimiento de la firma.
En autos se produjo peritaje caligráfico (foliatura digital 88/91) que determinó la correspondencia entre la firma inserta en los cartulares base de la ejecución y la signatura genuina del ejecutado apelante (fueron cotejadas con material indubitado del documento del accionado y firmas obtenidas en el cuerpo de escritura de fecha 15.09.21).
En el examen pericial el perito calígrafo examina, en la generalidad de los casos, cuanto menos, tres elementos: a) la construcción física, o si se prefiere, el dibujo del material examinado, es decir "la forma o el diseño" de las grafías propiamente dichas, b) la fuerza de la impresión de ese material, que deja una mayor o menor huella en el papel según la presión que el elemento escritor ejerza sobre el soporte de las grafías, y c) la velocidad de escritura, perceptible según la mayor o menor carga de tinta en Fecha de firma: 22/04/2022
Alta en sistema: 25/04/2022
Firmado por: M.B., JUEZ DE CAMARA
Firmado por: M.G.V., JUEZA DE CAMARA
Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial Sala B
la construcción de las grafías; constituyendo un juicio técnico sobre cuestiones de hecho, respecto de las cuales se requieren conocimientos especiales que no pueden ser sino rebatidas por otra opinión experta -que no ha sido consultada en el caso según surge de foliatura digital 98-.
Así, en tanto comporta la...
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