Oficio Judicial N° 8074618/JPCYFN14/19

EmisorPoder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición15 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 14
Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 8.074.618/GCABA/MGEYA/2019
Carátula: VEGA NÉSTOR ARIEL SOBRE VIOLACIÓN DE DOMICILIO 150 C.P.
Causa 17017/18
El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 14 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, Secretaría Única, sito en Tacuarí 138, 6° piso frente de esta ciudad,
dispuso librar edictos de estilo, por el término de cinco (5) días en el Boletín Oficial de
la CABA a fin de notificar a Néstor Ariel Vega, DM 32.866.255, nacido el 28/03/1987
en la ciudad de Ramos Mejía, partido de La Matanza, Pcia. de Buenos Aires, hijo de
Mario Vega y de Estela Maris Rolón; para que comparezca ante este Juzgado PCyF
nro. 14 (sito en Tacuarí 138, 6° piso, de esta ciudad, tel.: 4014-6714), el 8 de abril de
2019 a las 09:00hs a efectos de participar de la audiencia de debate oral y público
fijada a su respecto en los términos del art. 213 CPPCABA. En tal sentido, se
transcribe la parte pertinente de la providencia que ordena la medida y que dice:
"///dad Autónoma de Buenos Aires 8 de febrero de 2019. Téngase presente la
constancia que antecede y sin perjuicio de la apretada agenda de este Tribunal
interinamente P.R.S a mi cargo y el criterio restrictivo a modificar audiencias, de
manera excepcional suspéndase la audiencia de juicio fijada en autos para el día 18
de febrero del corriente año a las 10:00 horas. Continuando, de conformidad con lo
establecido en el art. 213 del CPPCABA, señálese audiencia de debate oral y público
para el día 8 de abril de 2019, a las 09:00 horas. Cítese a las partes. A dicho fin,
líbrese télex a Néstor Ariel Vega, poniendo en su conocimiento que, en caso de
incomparecencia, se procederá en los términos del art. 220 del CPP. Asimismo,
líbrense cédulas electrónicas a la Defensa y a la Fiscalía, haciéndoles saber que la
notificación de los testigos y la prueba documental e informativa admitida para el
debate estará a cargo de quien la haya propuesto (art. 213, 4° párrafo CPP). Además,
sin perjuicio de lo precedentemente ordenado, cítese al Sr. Néstor Ariel Vega mediante
la publicación de Edictos con arreglo a lo establecido por el art. 63 del CPPCABA a tal
fin líbrese oficio al Boletín Oficial de esta ciudad e inténtese establecer comunicación
telefónica con el imputado al mismo efecto, debiendo el actuario dejar constancia
periódica de ello (...)" Fdo: Dr. Rodolfo Ariza Clerici. Juez. Ante Mi: Martín Turtl,
Secretario."
Carla Cavaliere
Jueza
Inicia: 15-3-2019 Vence: 21-3-2019
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5578 - 15/03/2019

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