Oficio Judicial N° 8074618/JPCYFN14/19
Emisor | Poder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires |
Fecha de la disposición | 15 de Marzo de 2019 |
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
JUZGADO EN LO PENAL, CONTRAVENCIONAL Y DE FALTAS Nº 14
Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 8.074.618/GCABA/MGEYA/2019
Carátula: “VEGA NÉSTOR ARIEL SOBRE VIOLACIÓN DE DOMICILIO 150 C.P.”
Causa Nº 17017/18
El Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas N° 14 de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, Secretaría Única, sito en Tacuarí 138, 6° piso frente de esta ciudad,
dispuso librar edictos de estilo, por el término de cinco (5) días en el Boletín Oficial de
la CABA a fin de notificar a Néstor Ariel Vega, DM 32.866.255, nacido el 28/03/1987
en la ciudad de Ramos Mejía, partido de La Matanza, Pcia. de Buenos Aires, hijo de
Mario Vega y de Estela Maris Rolón; para que comparezca ante este Juzgado PCyF
nro. 14 (sito en Tacuarí 138, 6° piso, de esta ciudad, tel.: 4014-6714), el 8 de abril de
2019 a las 09:00hs a efectos de participar de la audiencia de debate oral y público
fijada a su respecto en los términos del art. 213 CPPCABA. En tal sentido, se
transcribe la parte pertinente de la providencia que ordena la medida y que dice:
"///dad Autónoma de Buenos Aires 8 de febrero de 2019. Téngase presente la
constancia que antecede y sin perjuicio de la apretada agenda de este Tribunal
interinamente P.R.S a mi cargo y el criterio restrictivo a modificar audiencias, de
manera excepcional suspéndase la audiencia de juicio fijada en autos para el día 18
de febrero del corriente año a las 10:00 horas. Continuando, de conformidad con lo
establecido en el art. 213 del CPPCABA, señálese audiencia de debate oral y público
para el día 8 de abril de 2019, a las 09:00 horas. Cítese a las partes. A dicho fin,
líbrese télex a Néstor Ariel Vega, poniendo en su conocimiento que, en caso de
incomparecencia, se procederá en los términos del art. 220 del CPP. Asimismo,
líbrense cédulas electrónicas a la Defensa y a la Fiscalía, haciéndoles saber que la
notificación de los testigos y la prueba documental e informativa admitida para el
debate estará a cargo de quien la haya propuesto (art. 213, 4° párrafo CPP). Además,
sin perjuicio de lo precedentemente ordenado, cítese al Sr. Néstor Ariel Vega mediante
la publicación de Edictos con arreglo a lo establecido por el art. 63 del CPPCABA a tal
fin líbrese oficio al Boletín Oficial de esta ciudad e inténtese establecer comunicación
telefónica con el imputado al mismo efecto, debiendo el actuario dejar constancia
periódica de ello (...)" Fdo: Dr. Rodolfo Ariza Clerici. Juez. Ante Mi: Martín Turtl,
Secretario."
Carla Cavaliere
Jueza
Inicia: 15-3-2019 Vence: 21-3-2019
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5578 - 15/03/2019
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