Oficio Judicial N° 27075230/JPICAYTN2/21

EmisorPoder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición16 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO, ADMINISTRATIVO Y
TRIBUTARIO 2
Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 27.075.230/GCABA/MGEYA/2021
Carátula: OBSERVATORIO DE DERECHO INFORMATICO ARGENTINO O.D.I.A.
CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - OTROS
Causa Nº: 182908/2020-0
El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Tributario y de
Relaciones de Consumo n° 2 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, situado en Av.
de Mayo 654, planta baja de esta Ciudad, a cargo del doctor Roberto Andrés Gallardo,
Secretaría n° 3, a cargo del doctor Juan Manuel Nuñez, de conformidad con lo previsto
en los arts. 129 y 130 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la
C.A.B.A. (ley n° 189) y en el marco del expediente principal caratulado “Observatorio
de Derecho Informático Argentino O.D.I.A. contra GCBA sobre Amparo - Otros” (exp.
182908/2020-0), cita y emplaza por el término de quince (15) días a contar desde la
última publicación del presente en el Boletín Oficial, a todas aquellas personas que
tengan un interés jurídico en el resultado del litigio, a presentarse tanto como actora o
demandada; constituir domicilio electrónico y manifestar lo que por derecho
corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio según su estado. Se hace
saber que, a tal efecto, todas las presentaciones deberán efectuarse en las
actuaciones de referencia a través del “Portal del litigante” (conf. Art. 3 Res. CMCABA
2/2021).
A tal fin, se deja establecido mediante el presente que el objeto de estos autos
consiste en que se realice un control de constitucionalidad y convencionalidad de la
Resolución N° 398/MJYSGC/19 y de la Ley Nº 6.339, en cuanto prevén el “SISTEMA
DE RECONOCIMIENTO FACIAL DE PRÓFUGOS”, modificando la Ley N.º 5.688,
artículos 478, 480, 484, 490 y las incorporaciones de los artículos 480 bis y 490 bis,
por ser contraria a los artículos n° 14, 14 bis 18, 19, 33, 43, 75 inc 22 de la
Constitución Nacional; artículos n° 14, 16, 18, 34, 36, 38, 39, 61 de la Constitución de
la Ciudad de Buenos Aires, a la OC 5/85 de la CIDH (Derecho a Reunión de Terceros),
al art. 1710 del CCCN, al art. 7 del Pacto de San José de Costa Rica, a los artículos 4,
5, 7, 9, 14, 17, 20, 21, 24 del Pacto de Derechos Civiles y políticos, y a las leyes nº
2.145 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, n° 1845 de CABA sobre protección de
datos personales y nº 25.326 de Protección de Datos Personales. Se hace saber a los
eventuales interesados que los escritos presentados, las providencias y resoluciones
que se dicten en consecuencia podrán ser consultadas en el portal de internet
https://eje.juscaba.gob.ar/, cuyo contenido es público y está a disposición en formato
digital. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, al día 31 del mes de agosto de 2021.
Publíquese por tres (3) días en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires.
Juan Manuel Nuñez
Secretario
Inicia: 16-9-2021 Vence: 20-9-2021
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6216 - 16/09/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR