Oficio Judicial N° 17797146/JPICAYTN22/21

EmisorPoder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición22 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y
TRIBUTARIO N° 22
Notificación - Oficio Judicial E.E. Nº 17.797.146/GCABA/PG/2021
Carátula: “ASOCIACIÓN CIVIL OBSERVATORIO DEL DERECHO A LA CIUDAD Y
OTROS CONTRA GCBA SOBRE AMPARO - OTROS
Causa Nº: 118955/2021-0
El Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo y Tributario N° 22
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, sito en la Av. Roque Saenz Peña 636, entre
piso, de la CABA, a cargo de la Dra. María Rosa Cilurzo, Secretaría N° 44 a cargo
interinamente de la Dra. María Luján Lucena, de conformidad con lo previsto en los
arts. 129 y 130 del Código Contencioso Administrativo y Tributario de la CABA (Ley
189) hace saber la existencia, objeto y estado procesal del presente proceso colectivo
caratulado “Asociación Civil Observatorio del Derecho a la Ciudad Y OTROS CONTRA
GCBA SOBRE AMPARO - OTROS” (Expte. N° 118955/2021-0). Asimismo, comunica
que se otorga a todas aquellas personas que tengan un interés jurídico relevante en
integrar el proceso, ya sea como parte actora o demandada, el plazo de diez (10) días
para que se presenten en autos y manifiesten lo que estimen corresponder, bajo
apercibimiento de continuar el juicio según su estado. A tal efecto, se hace saber que
el plazo antes indicado comenzará a correr a partir de la última publicación de los
edictos ordenados en la providencia obrante en la Actuación N° 796747/2021, del
10/05/2021, y que todas las presentaciones deberán efectuarse en este proceso y a
través del “Portal del litigante”. A tal fin, se hace saber que el expediente mencionado
fue iniciado con el fin que se declare la inconstitucionalidad y nulidad de la autorización
legislativa dada a través de la Ley N° 6.287, a la venta de numerosos inmuebles del
GCBA individualizados en el Anexo I de la referida ley, y de la normativa que se dictó
en consecuencia, por ser contraria a los artículos N° 1, N° 63 de la Constitución de la
Ciudad, y arts. 22 y 25 de la Ley N° 2.930 del Plan Urbano Ambiental. Así como
también a fin de que se ordene interrumpir el proceso de enajenación y de subasta
pública de los numerosos inmuebles del GCBA individualizados en el Anexo I de la
Ley N° 6.287. Asimismo, se informa que mediante Resolución de fecha 10/05/2021,
obrante en la Actuación N° 798942/2021, se decidió circunscribir el objeto de la
presente acción de amparo únicamente a los inmuebles enumerados en el Anexo I de
la Ley N° 6287, el cual se halla adjunto a la Actuación N° 782449/2021, la que podrá
ser consultada a través de la página web https://eje.juscaba.gob.ar/iol-ui/p/inicio.
Respecto del estado procesal de estas actuaciones se deja constancia que se
encuentra en etapa inicial y que aún no se ordenó el traslado de demanda. Ciudad de
Buenos Aires, 14 de mayo de 2021.
María Rosa Cilurzo
Jueza
Inicia: 22-6-2021 Vence: 24-6-2021
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6153 - 22/06/2021

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