Oficio Judicial N° 16400816/JFN4LP/21

EmisorJuzgado Provincial
Fecha de la disposición 9 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
JUZGADO PROVINCIAL
JUZGADO DE FAMILIA N° 4 DE LA PLATA - PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 16.400.816/GCABA/MGEYA/2021
Carátula: MENDIETA CHAVEZ CRISTIAN URIEL Y OTRO/AC/ MENDIETA OMAR
Y OTRO/A S/ADOPCION. ACCIONES VINCULADAS
El Juzgado de Familia n° 4 de La Plata notifica a Mendiate Rafael y Chavez Claudia, la
siguiente resolución, dictada en los autos: "MENDIETA CHAVEZ CRISTIAN URIEL Y
OTRO/AC/ MENDIETA OMAR Y OTRO/A S/ ADOPCION. ACCIONES VINCULADAS":
"---La Plata, 23 de Febrero de 2012 De la acción instaurada, que tramitará según las
normas del proceso sumario (conf.art. 320- 838 CPCC, texto según ley 11.453),
traslado a los demandados por el término de diez días, a quien se cita y emplaza para
que la contesten conforme a derecho (arts.354 y 484 CPCC) y comparezca a juicio
bajo expreso apercibimiento de lo dispuesto en los arts.41 y 840 del citado cuerpo
legal.- NOTIFIQUESE en el domicilio real (arg. art. 338 CPCC) con entrega de copias
(art.120, 135, 150, 155 del mismo texto legal; art. 50 de la Acordada 1814/78).-La
Plata, 23 de febrero de 2021-Asimismo, advirtiendo que el traslado de la demanda
cuya acción fuera oportunamente incoada como de "Guarda" y meritando el tiempo
transcurrido a más de las sucesivas guardas provisorias otorgadas, redirecciónese la
misma deviniendo, por las particularidades de la causa, en una acción de Tutela (art.
104 y ccdtes CCyC). Notifíquese a las partes intervinientes lo aqui ordenado, en torno
al redireccionamiento de la demanda oportunamente instaurada por la parte actora, a
los fines de cumplir formalmente con el traslado de la misma de fecha 23 de febrero de
2012 y su readecuación. Notifíquese a rfalivene@mpba.gov.ar, (art. 11, Anexo 1 del
Ac. 3845 S.C.B.A., Cfme. art. 1º Ac. 3991 S.C.B.A.).-La Plata, 28 de mayo de 2021 (...)
haciendo saber que en caso de incomparencia al vencimiento del plazo de los edictos
se nombrará defensor oficial para que los represente en juicio (art. 341 CCyC).
Ofíciese (art. 146; 147 C.P.C.C.).Fdo: Dra. Silvia Andrea Mendilaharzo, Jueza El
presente ha sido firmado digitalmente (arts. 288 C.C.C.N, y 3 de la ley 25.506)".
Se hace constar que las copias aludidas en el auto de referencia obran a disposición
de los requeridos en los presentes obrados. El presente edicto deberá publicarse por
tres días en el Boletín Oficial y en el diario Clarin.
Valeria A. Soibelzon
Auxiliar Letrado
Inicia: 9-6-2021 Vence: 11-6-2021
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6144 - 09/06/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR