Oficio Judicial N° 13437401/JPICAYTN6/19

EmisorPoder Judicial de la Ciudad de Buenos Aires
Fecha de la disposición 2 de Mayo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
PODER JUDICIAL DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES
JUZGADO PRIMERA INSTANCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Y
TRIBUTARIO Nº 6
Citación - Oficio Judicial E.E. Nº 13.437.401/GCABA/PG/2019
Carátula: ASOCIACIÓN TRABAJADORES DEL ESTADO Y OTROS C/ GCBA S/
AMPARO
Expte. 44965-2018/0
El Juzgado Tributario Nº 6 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a cargo de la Dra.
Patricia López Vergara, Secretaría n.º 11, interinamente a cargo de la Dra. Agustina
Payo, sito en la Av. de Mayo Nº 654, 1° Piso Frente, en el marco del expediente
Asociación Trabajadores del Estado y Otros C/ GCBA S/ Amparo” (Expte. Nº 44965-
2018/0) de conformidad con lo previsto en los arts. 129 y 130 del Código Contencioso
Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Ley N° 189) cita y
emplaza a todas aquellas personas que se consideren afectadas por la ley N° 6.035
(Profesionales de la Salud de la CABA) a integrar el proceso. A tal fin se les confiere el
plazo de diez (10) días para que se presenten en el expediente, constituyan domicilio y
manifiesten lo que por derecho corresponda, bajo apercibimiento de continuar el juicio
según su estado. El plazo indicado comenzará a correr a partir de la última publicación
del presente edicto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires o de la
publicidad ordenada mediante radiodifusión, lo que ocurra en fecha posterior. Sólo se
admitirán las presentaciones que aporten nuevos argumentos y/o fundamentos sobre
la cuestión aquí debatida. Se hace saber que en el mencionado expediente la parte
actora solicita se declare la inconstitucionalidad de la omisión del art. 6 y la exclusión
prevista en el art. 7 de la ley Nº6.035 y se ordene al GCBA a que proceda a incorporar
al régimen de la Carrera de Profesionales de la Salud de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires (ley Nº6.035) a las trabajadores/as y trabajadoras que posean título y
matrícula habilitante de Licenciados/as en Enfermería y/o Licenciados/as en
Producción de Bioimágenes y/o Licenciados/as en Psicomotricidad. Asimismo, se
solicita la declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 10 de la ley
NQ6.035 a los y las profesionales de la salud ut supra mencionados/as que se
encuentren en la planta permanente del Escalafón General (ley 471)encasillados/as en
la Categoría Profesional y presten servicios en el ámbito de los organismos del
Ministerio de Salud (cfr. art. 5 de la ley 6.035 y ley 153)al momento del dictado de la
ley, quienes deberán ser sometidos/as a un futuro reescalafonamiento en la Comisión
Paritaria respectiva. Por otro lado, se hace saber que en el presente proceso aún no
se ha ordenado traslado de demanda. El expediente se hallará disponible en
Secretaría para que pueda ser consultado durante el lapso indicado. Ciudad Autónoma
de Buenos Aires, 17 a abril de 2019.
Patricia G. López Vergara
Jueza
Inicia: 2-5-2019 Vence: 6-5-2019
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5608 - 02/05/2019

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