Oficiales Nº 14547 de 14 de Junio de 2011

Fecha de la disposición14 de Junio de 2011

Córdoba, 14 de Junio de 2011BOLETÍN OFICIAL 2 SALUD DE LA PROVINCIA DE CORDOBA Resolución General N° 3179/10. -CORDOBA, 3 FEBRERO 2011 -VISTO:La línea de Créditos Prendarios para la compra de automotores nuevos (cero kilometro) aprobada mediante Resolución General N° 3179/10, y la necesidad de brindar cobertura de seguro de saldo deudor.CONSIDERANDO:Que a los fines de implementar la mencionada línea de créditos prendarios, se invitó a cotizar a distintas Empresas del rubro para la cobertura de los seguros de saldo deudor. Que en los casos consultados, se han impuesto límites de edad tanto para el inicio de la cobertura como para la permanencia, lo que implica que los Afiliados Jubilados no quedarían comprendidos. Asimismo, de las cotizaciones presentadas resulta que los costos de la contratación de estos seguros resultaría onerosa. Que ante esta situación, el Honorable Directorio ha evaluado la posibilidad de crear una Previsión para atender la cancelación de los Préstamos Prendarios para los casos de muerte y/ o invalidez del titular, la cual se formaría con el pago en forma conjunta con la cuota de amortización del Crédito de un porcentaje calculado sobre el saldo de capital adeudado. Que para ello, se hace necesaria la valoración del estado de salud del Titular mediante un formulario de Declaración Jurada de Salud, evaluada por el cuerpo de Asesoría Médica de la Caja, otorgando al solicitante una puntuación teniendo en cuenta factores de riesgo, estado de salud y edad, quedando a criterio exclusivo del Honorable Directorio evaluar si se encuentra o no en condiciones de acceder al préstamo. Que en el caso de ser viable el otorgamiento, tanto para los Afiliados Activos como para los Pasivos, el porcentaje a aplicar sería del uno por mil. Que de conformidad a lo...

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