Oficiales Nº 36146 de 28 de Marzo de 2012

Fecha de la disposición28 de Marzo de 2012

DIRECCION DE POLICIA FISCAL Córdoba, 21 de Octubre de 2011- RAJORSI S.R.L - REF.: EXPTE. Nº 0562-071641/ 2011 - De las constancias obrantes en el Expediente Nº 0562-071641/2011 tramitado en la Dirección de Policía Fiscal de la Provincia de Córdoba, surge que la firma contribuyente RAJORSI S.R.L., CUIT N° 30-70876700-6, inscripta en el ISIB bajo el N° 270-70382-8, con domicilio tributario en Av. Colon N° 5790 de la ciudad de Cordoba, no ha dado cumplimiento al Deber Formal al que resulta obligado conforme surge del Art. 37 Inc. 5 del Código Tributario Provincial, el cual establece: “Los contribuyentes, responsables y terceros están obligados a:...5) Concurrir a las oficinas de la Dirección cuando su presencia sea requerida y a contestar cualquier pedido de informes de la Dirección y a formular las aclaraciones que les fuesen solicitadas con respecto a sus declaraciones juradas y, en general, de las actividades que puedan constituir hechos imponibles”.-En el caso en cuestión, la firma contribuyente no ha dado cumplimiento al Requerimiento R.4 N° 1-015.624 de fecha 17/04/08, en el plazo otorgado en el mismo, en cual se le requirió que exhiba y aporte en el domicilio de esta Dirección, original y copia de las Declaraciones Juradas del Impuesto sobre los Ingresos Brutos por los períodos del 08 al 12/2007; ambos inclusive, y 01 y 02 de 2008.-Que dicha circunstancia configuraría en principio un incumplimiento a los Deberes Formales contemplados en el Art. 37 inciso 5 Código Tributario Provincial - Ley 6006 t. o. 2004 y modificatorias -, conducta que lo haría pasible de la sanción establecida...

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