Oficiales Nº 2421 de 02 de Marzo de 2012

Fecha de la disposición 2 de Marzo de 2012

PARTIDO: Alianza “FRENTE PARA EL MODELO NACIONAL Y POPULAR AUTONÚMERO:Once. Córdoba, veintidósdefebrerodedosmildoce.VISTOS:Estosautoscaratulados “”RIO CUARTO - Dpto. Río Cuarto -Alianza “FRENTE PARAEL MODELO NACIONALY POPULAR” (P.M.U.P.,P.HUMANISTA,P.C.YP.SOL.)S/Reconocimiento Jurídico-Políticocomo ALIANZAELEC- TORALMUNICIPALpara el día 15/04/2012" (Expte. ‘R’2012); DE LOS QUE RESULTA: Que a fs. 01 comparecen ante este Juzgado Electoral los Sres. Francisco Lemme, María Cristina Vergara, Pablo Martín Tissera y la Sra. Valentina Alejandra Machuca, y solicitan se inscriba y reconozca a la Alianza “FRENTEPARAELMODELONACIONALYPOPULAR”, formalizadaentreel“Partido Movimientode Unidad Popular”, el “Partido Humanista”, el “Partido Solidario” y el “Partido Comunista” para las elecciones municipales a llevarse a cabo en la localidad de Río Cuarto (Dpto. Río Cuarto) el próximo 15 de abril del corriente año. Que obra el Informe de Secretaría en el que consta la vigencia de la Personería Jurídico-Política de los partidos en cuestión, la expresa autorización por parte de sus Cartas Orgánicas de la posibilidad de concretar alianzas electorales con otras fuerzas políticas y la designación como apoderados de la Alianza a los Señores Pablo Martín Tissera, Francisco Lemme;Gonzalo Otero Pizarro, Raquel Woods y a la Sra. María Cristina Vergara; a la Sra. Matilde Glineur Bernecomoresponsablepolíticodecampaña; yal Sr. Carlos Ezquerocomoresponsableeconómicofinanciero.CONSIDERANDO:I.-Quelospeticionantessonapoderadosdepartidosquecuentancon Personería Jurídico-Política Provincial vigente, y que la conformación de la alianza electoral en cuestión se encuentra debidamente autorizada por los órganos, partidarios competentes a tal fin. II.-Quesehadadocumplimientoalosrequisitosestablecidosenelart.26dela Ley N°9572concordante con el art. 2 inc. “8” de la Ley N° 8643 y el art. 11 inc. “a” de la Ley 9840, respecto de la conformación y reconocimiento de las alianzas electorales. Ello surge de la siguiente documentación que ha sido acompañada, a saber: Acta Constitutiva de la alianza (fs. 03/06); Plataforma Electoral Común (fs. 07/ 10)...

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