Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X, 25 de Marzo de 2022, expediente CNT 049939/2013/CA002

Fecha de Resolución25 de Marzo de 2022
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala X

Poder Judicial de la Nación CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO -

SALA X

SENT.INT. EXPTE. Nº: 49939/2013/CA2 (50.517)

JUZGADO Nº: 31 SALA X

AUTOS: “ODETTO, A.H. c/ GALENO ART S.A. s/ACCIDENTE - LEY

ESPECIAL”

Buenos Aires.

VISTOS:

El recurso de apelación deducido por la demandada y la réplica del actor.

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que el cuestionamiento formulado por la recurrente en la etapa de ejecución contra la resolución de grado mediante la cual se desestimó el pedido de limitación en costas y prorrateo de los honorarios correspondientes a la primera instancia según lo dispuesto por el art. 277 de la LCT (cfr. art. 8º de la ley 24.432) y se declaró la inconstitucionalidad dicho precepto legal, excede el principio de inapelabilidad del artículo 109 de la L.O. y autoriza su tratamiento en los términos de la norma excepcionante (art. 105

    inc. “h”, ídem).

  2. ) Que el agravio vertido contra la decisión mencionada merecerá favorable tratamiento.

    Es que en ese aspecto el Máximo Tribunal de la Nación, como intérprete final de la Constitución Nacional, ha impuesto como requisito para la validez de una norma legal el de su razonabilidad y ha sostenido que el legislador “…ha puesto de manifiesto su decisión de disminuir el costo de los procesos judiciales, con el objetivo de facilitar el Fecha de firma: 25/03/2022

    Firmado por: G.C., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: M.P.S., SECRETARIO DE CAMARA

    Firmado por: D.E.S., JUEZ DE CAMARA

    acceso a la justicia de las personas con menores recursos económicos o de no agravar la situación patrimonial de las personas afectadas por tales procesos, apartándose así de las pautas generales contenidas en las leyes arancelarias…”. Además señaló que “… igual propósito se persiguió mediante la sanción de la ley 24.432…. Finalidad que se desprende del conjunto de disposiciones que conforman esta ley, entre ellas el art. 8º, cuya validez constitucional ha sido puesta en tela de juicio”.

    También indicó la Corte Federal que “…el texto agregado por la ley 24.432

    al art. 277 de la L.C.T. limita la responsabilidad del condenado en costas en los juicios laborales y no el “quantum” de los honorarios profesionales. Tal limitación de responsabilidad, como las expresiones legislativas de topes indemnizatorios por razones de interés público, constituye un régimen especial en principio válido, siempre que el criterio de distinción adoptado no sea arbitrario, es decir, si obedece a fines propios de la...

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