Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal, 14 de Marzo de 2011, expediente 44.919

Fecha de Resolución14 de Marzo de 2011

Poder Judicial de la Nación Causa N° 44.919, “Obregón,

H. s/ restitución de dinero”

Juzgado N° 7, Secretaría N° 13

Reg. N°: 197

Buenos Aires, 14 de marzo de 2011.-

VISTOS

Y CONSIDERANDO:

  1. Vuelve la causa al Tribunal en virtud del recurso de apelación interpuesto por el Dr. M.C., defensor de H.O.,

    contra la decisión de fs. 354/359 del incidente, por medio de la cual el Juez interinamente a cargo del Juzgado Federal N° 7, Secretaría N° 13, no hizo lugar USO OFICIAL

    al pedido de restitución del dinero secuestrado de la caja de seguridad de Obregón y de su esposa, en función del allanamiento del 25 de septiembre de 2007 (U$S 392.000). El abogado informó en los términos del art. 454 del C.P.P.N. a fs. 379/391.

  2. Corresponde confirmar la decisión apelada, pues los agravios principales de la defensa no logran conmover el razonamiento de la resolución atacada, cuanto menos en función de la provisoriedad de esta última.

    El hecho de que la pericia contable pedida por Obregón, cuyo informe obra a fs. 11.715/735 del expediente principal, haya concluido que el monto global de la indemnización por despido incausado acordado ante el SECLO se encuentre dentro del rango legal, no logra quebrar la hipótesis de investigación introducida a la causa por la parte querellante y requerida por el Sr.

    Fiscal a fs. 9902 (vid. asimismo las ampliaciones de fs. 9985/86 y 10.311/313,

    así como la contestación de fs. 10.139/10.140). Ello es así pues aun cuando la suma percibida formalmente en concepto de indemnización se mantenga dentro de la escala legal, ello no obsta a que su pago obedezca a una causa ilícita en lugar de aquella declarada. Precisamente esa es la hipótesis sostenida por los acusadores y que conforma parte del objeto procesal de las actuaciones.

    Sin perjuicio de ello, el defensor ha cuestionado la razonabilidad y la lógica de dicha hipótesis, mientras que los acusadores sostienen como contrapartida que si el motivo de la desvinculación de Obregón radicó en su intervención en el proceso de contratación investigado, en violación de los códigos de ética de S.S.A., el despido debió haberse fundado en esta causa, sin el pago de sumas millonarias (aún dentro de los márgenes legales). Argumentaron que el hecho de que se hubiese instrumentado como incausado encuentra explicación, precisamente, en la hipótesis por la que se amplió el requerimiento de instrucción.

    Ahora bien, todos estos argumentos hacen al mérito de la hipótesis de ampliación, asunto que no puede...

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