Sentencia de CAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL, 13 de Abril de 2021, expediente FGR 017715/2014/CA001

Fecha de Resolución13 de Abril de 2021
EmisorCAMARA FEDERAL DE GENERAL ROCA - SECRETARIA CIVIL

Poder Judicial de la Nación Cámara Federal de Apelaciones de General Roca “Obra Social de Empleados de Comercio y Actividades Civiles (O.S.E.C.A.C.) c/ Untaker, P.O. s/ley 23.660 – obras sociales”

(FGR17715/2014/CA1) Juzgado Federal N°1 de Neuquén General Roca, 13 de abril de 2021.

VISTO:

El recurso subsidiario de apelación interpuesto a fs.211/212 por la ejecutante contra la providencia de fs.210;

Y CONSIDERANDO:

  1. ) Que el decreto impugnado por vía de apelación subsidiaria le ordenó a la letrada de la parte actora que aclarase el monto de la transferencia que solicitaba en relación a sus honorarios ($27.285,50), ya que de la certificación actuarial surgía que en la cuenta de autos existía uno menor ($13.132,62). Asimismo, le hizo saber a la interesada que al no haber sido dadas en pago las sumas depositadas y no encontrarse el demandado en mora, debía estarse al vencimiento del plazo establecido por el art.49

    de la ley 21.839.

  2. ) Que el recurso debe declararse mal concedido.

    Invariablemente esta cámara mantiene el criterio conforme al cual como juez de recurso está facultada para revisar oficiosamente la admisibilidad de las apelaciones,

    sin que para ello quede ligada por la conformidad de las partes ni por la resolución del juzgado que las concede (“Ferrocarriles Argentinos c/ Silvestre, J.A. s/ cobro de pesos”, sent.int.83/99).

    En esa faena se advierte que lo que se pretende es el cobro de los honorarios de la letrada de la parte Fecha de firma: 13/04/2021

    Alta en sistema: 14/04/2021

    Firmado por: M.R.L., JUEZ DE CAMARA

    Firmado por: R.F.G., JUEZ DE CAMARA —1—

    Firmado por: E.B., SECRETARIO DE CAMARA

    actora por la suma de $27.285,50 (ver fs.197 de fecha 10/12/2020), y rige, así, la regla de inapelabilidad establecida en el segundo párrafo del art.242 del CPCC, es decir, la imposibilidad de acceder a la...

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