OBRA SOCIAL INDUSTRIAL Y CUERO - FACTICA - OSPICA S/ INFRACCION LEY 24.769

Fecha de disposición23 Agosto 2012
Fecha de publicación23 Agosto 2012
SecciónCuarta Sección - Judiciales

El Juzgado Nacional en lo Penal Económico N° 7, Secretaría N° 14, notifica a Ricardo César Orellana (D.N.I. N° 11.726.354), de lo resuelto el 8 de agosto de 2012, en la causa N° 2110/1999 (4474), caratulada: “Obra Social Industrial y Cuero - Fáctica - Ospica Sobre Infracción Ley 24.769”. Publíquese por cinco días. Como recaudo legal, se transcribe el auto que así lo ordena: “Buenos Aires, 8 de agosto de 2012. Resuelvo: I.- Sobreseer Totalmente a Juan Edgardo Norambuena (D.N.I. N° 8.349.403) y Ricardo César Orellana (D.N.I. N° 11.726.354), porque el hecho investigado no encuadra en una figura legal (artículos 336 inciso 3°, del C.P.P.N., 9 de la ley N° 24.769, modificado por ley N° 26.735, 2 del Código Penal, 18 y 75 inciso 22, de la Constitución Nacional y 9 de la C.A.D.H.). II.- Declarar que la formación del presente sumario no afecta el buen nombre y honor del cual hubieren gozado Juan Edgardo Norambuena y Ricardo César Orellana (artículo 336 último párrafo, del C.P.P.N.). III.- Levantar la orden de captura que pesa sobre Ricardo César Orellana (D.N.I. N° 11.726.354). A tal fin líbrese oficio a la División Orden del Día de la Policía Federal Argentina. IV.- Sin Costas (artículos 530 y 531 “in fine” del C.P.P.N.). Regístrese, protocolícese, publíquese por edictos a efectos de notificar a Ricardo César Orellana lo aquí dispuesto, por el término de cinco días, notifíquense a Juan Edgardo Norambuena...

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