Sentencia Definitiva de SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA, 13 de Abril de 2011, expediente L 99486
Presidente | Kogan-Soria-Negri-de Lázzari |
Fecha de Resolución | 13 de Abril de 2011 |
Emisor | SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA PROVINCIA |
A C U E R D O
En la ciudad de La Plata, a 13 de abril de 2011, habiéndose establecido, de conformidad con lo dispuesto en el Acuerdo 2078, que deberá observarse el siguiente orden de votación: doctoresK.,S., N., de L.,se reúnen los señores jueces de la Suprema Corte de Justicia en acuerdo ordinario para pronunciar sentencia definitiva en la causa L. 99.486, "N., Marco contra Fisco de la Provincia de Buenos Aires y otro. Indemnización ley 24.557".
A N T E C E D E N T E S
El Tribunal del Trabajo nº 5 del Departamento Judicial La Plata hizo lugar a la demanda promovida contra Provincia A.R.T. S.A. y homologó el desistimiento de la acción y del derecho efectuado por el actor en relación al Fisco de la Provincia de Buenos Aires, con costas (fs. 571/579 vta.).
La codemandada Provincia A.R.T. S.A. dedujo recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley (fs. 589/597).
Dictada la providencia de autos y hallándose la causa en estado de pronunciar sentencia, la Suprema Corte decidió plantear y votar la siguiente
C U E S T I Ó N
¿Es fundado el recurso extraordinario de inapli-cabilidad de ley?
V O T A C I Ó N
A la cuestión planteada, la señora J. doctora K. dijo:
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El tribunal interviniente, en lo que resulta de interés para el presente, hizo lugar, en el ámbito de la ley 24.557, a la demanda que en procura del cobro de indemnización por incapacidad laboral parcial y permanente y de las prestaciones en especie, derivadas del accidente de trabajoin itinere, dedujo M.N. contra Provincia A.R.T. S.A.
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Contra dicho pronunciamiento se alza la aseguradora codemandada mediante recurso extraordinario de inaplicabilidad de ley, en el que denuncia errónea aplicación de la ley 24.557 y violación de los arts. 14 bis, 16, 17, 18, 19, 28, 31 y 75 inc. 22 de la Constitución nacional; en lo esencial alega que:
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El sentenciante de grado, al resolver la causa, omitió aplicar la doctrina de los propios actos. Afirma que el actor, al consentir la instancia administrativa ante la Aseguradora de Riesgos del Trabajo y recibir las prestaciones en especie que ella le brindó, contrarió los principios emanados de la citada doctrina al presentarse en sede judicial y cuestionar la constitucionalidad de la ley cuya aplicación había aceptado. Destaca que el actor N. suscribió -de conformidad y sin objetar- el alta médica sin incapacidad y constancia de alta de recalificación, y a través de la pericia caligráfica confirmó que las firmas atribuidas le correspondían. Por...
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