Nuevo Restaurant Villareal S.R.L.
Fecha de disposición | 09 Mayo 2008 |
Fecha de publicación | 09 Mayo 2008 |
Sección | Segunda Sección - Sociedades |
Número de Gaceta | 31401 |
Sede social: Juan Bautista Alberdi 5202 Cap. Fed.
Autorizada: Abogada Mónica Cristina Deriu. Según instr priv. 28 de abril de 2008 (contrato constitutivo de SRL).
Abogada - Mónica Cristina Deriu Legalización emitida por: Colegio Público de Abogados de la Capital Federal. Fecha: 6/5/2008.
Tomo: 28. Folio: 454.
e. 09/05/2008 Nº 113.596 v. 09/05/2008 NANDA ARGENTINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Por escritura pública del 24/04/2008, 1) Néstor Félix DEFINA cedió sus cuotas sociales a favor de María Fernanda AMANTE, argentina, nacida el 10/01/1970, soltera, comerciante, DNI 21.478.104, C.U.I.T 27-21478104-8, domiciliada en Pareja 2.547 CABA y Verónica Analía AMANTE, argentina, nacida el 24/12/1971, soltera, comerciante, DNI 22.588.849, C.U.I.T 27-225888499, domiciliada en habana 2.725 CABA. 2) Néstor Félix DEFINA renunció al cargo de gerente, continuando como única gerente María Fernanda AMANTE. 3) Se modifico el ARTICULO QUINTO quedando el mismo así: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de uno o más gerentes en forma individual e indistinta, socios o no, por todo el término que dure la sociedad. En tal carácter tienen todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto de la sociedad, inclusive los previstos en el artículo 1881 del Código Civil. Será necesario contar con la aprobación unánime de todos los socios para disponer de bienes inmuebles. Los gerentes darán en garantía del buen desempeño de su mandato, la suma de diez mil pesos ($ 2.000.) por cada gerente o la suma que establezca la normativa vigente, que deberá consistir en bonos, títulos públicos o simas de moneda nacional o extranjera, depositados en entidades financieras o caja de valores, a la orden de la sociedad, o en fianzas o cuentas bancarias o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la misma, cuyo costo deberá ser soportado por cada administrador, en ningún caso procederá constituir garantía mediante el ingreso directo a la caja social. El plazo de exigibilidad de la garantía será por el tiempo que dure el mandato y desde su cese por un plazo no inferior a tres años siguientes'. 4) Se modificó la Sede Social: Pareja 2.547 C.A.B.A. 5) Autorizaciones: Instrumento Público.
Escribano - Carlos A. Peirano Legalización emitida por: Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires. Fecha: 06/05/2008.
Número: 080506215763/4. Matrícula Profesional Nº: 2550.
e. 09/05/2008 Nº...
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