Nueva economía para nuevas sociedades

Si definimos conceptualmente la riqueza como un conjunto de bienes, servicios, valores, ambientes, relaciones y transacciones que permiten vivir decorosamente cuidando el ecosistema, una economía que promueva su generación ha de contemplar asociadamente un proyecto ético. Sólo así podrá garantizarse la capacidad colectiva de una sociedad para que todos sus miembros accedan a una vida digna.

Para ello es fundamental que las empresas evolucionen hacia nuevos esquemas. Jurídicamente no sólo han ya de proteger a los inversores o a la fuerza de trabajo, sino también contemplar, en su diseño legal y en sus planes de negocio, el impacto social y ambiental que la actividad comercial, industrial o financiera produce.

Igual de importante es garantizar que el paradigma por el que se toma la decisión de invertir pase de la producción de bienes o la prestación de servicios que sean exclusivamente rentables a la producción de aquellos que, además de rentables, sean útiles para la humanidad y que no conlleven un costo social o ambiental.

Estos desafiantes paradigmas de desarrollo que proponen novedosos esquemas legales tienen como marco lo que se denomina "nueva economía". Bajo este flamante paraguas han nacido nuevos formatos de organizaciones empresariales, como las empresas B y las sociales. Aparecen también nuevos conceptos, como negocios de impacto, finanzas éticas o economía circular.

Por definición, las empresas B: 1) incluyen en su objeto societario, además de la propia actividad por desarrollar, la generación de un impacto social y ambiental; 2) atienden el interés de empleados, clientes, proveedores, comunidad y el ambiente, además del de los socios y accionistas; 3) son transparentes en la gestión, con publicación de reportes anuales auditados por terceros independientes.

Las empresas sociales son novedosas estructuras comerciales con fines de lucro que promueven el triple impacto social, económico y ambiental, pero que, a diferencia de las empresas B, destinan sus utilidades completamente al fin social que fija su estatuto. Además de no repartir utilidades, por lo general son organizaciones sociales sin fines de lucro como una alternativa para alcanzar el propio financiamiento más allá de la filantropía.

Estos formatos de empresas de beneficio e interés comunitario (BIC) requieren urgente una norma que las regule para promover su creación y esperan el tratamiento de un proyecto de ley en el Congreso a partir del cual, dado su rol social...

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