26596 / 09/08/2007 -- Nro: 16855 -- Ley 7903 / 2007 Ley /

Fecha de la disposición 9 de Agosto de 2007
Número de Boletín26596
Fecha de Publicación 9 de Agosto de 2007

LEY N° 7.903 La Legislatura de la Provincia de Tucumán, sanciona con fuerza de Ley: Artículo 1°.- En el marco del Protocolo de Palermo - Italia -2000, ratificado por el Congreso de la Nación mediante Ley N° 25.632, créase el Programa Provincial de Prevención, Protección y Asistencia de las Víctimas de la Trata y Tráfico de Personas. Art. 2°.- Son objetivos de este programa, sin perjuicio de lo establecido por Ley N° 7.867 (Programa de Asistencia a la Víctima del Delito), los siguientes:a) Prevenir y combatir la trata y tráfico de personas. b) Difundir para conocimiento de la comunidad, las modalidades delictivas utilizadas por las bandas de la trata y tráfico de personas, para prevenir las mismas. c) Asegurar la intervención de personas especializadas en el tema y capacitar al personal de cualquier área del Estado que tenga contacto con las víctimas. d) Trabajar en forma conjunta con equipos interdisciplinarios, organizaciones no gubernamentales y asociaciones de la sociedad civil. Art. 3°.- Será Autoridad de Aplicación del programa, la Secretaría de Derechos Humanos de la Provincia, quien:a) Coordinará la aplicación del mismo con los Municipios y Comunas del interior. b) Promoverá el intercambio de datos e informaciones con otros Estados provinciales, nacionales e internacionales. c) Creará una base de datos de estos delitos con informaciones del ámbito provincial, nacional e internacional, cuyo análisis estará a cargo de especialistas que trabajen...

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