Sentencia de Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii, 11 de Abril de 2023, expediente CNT 042550/2016/CA001

Fecha de Resolución11 de Abril de 2023
EmisorCámara Nacional de Apelaciones del Trabajo - Sala Viii

Poder Judicial de la Nación Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo Sala VIII

Expediente nro. CNT 42550/2016/CA1

JUZGADO Nº 43

AUTOS: "NOVOA, N.O.C./ INSTITUTO NACIONAL DE

SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS S/

DIFERENCIAS DE SALARIOS"

Ciudad de Buenos Aires, 11 del mes de abril de 2023.-

VISTO:

El recurso interpuesto por la parte demandada, el cual se agravia de la imposición de costas por su orden.

Y CONSIDERANDO:

En cuanto a la imposición de las costas, el Tribunal advierte la existencia de razones que justifiquen apartarse del principio adoptado en grado, por lo que corresponde imponer las costas de la anterior instancia a la parte actora vencida en su totalidad (art. 68 del C.P.C.C.N.).

Por ello, el TRIBUNAL

RESUELVE:

  1. Imponer las costas de la anterior instancia a la parte actora vencida.

  2. Imponer por su orden las costas de Alzada.

  3. Regular los honorarios de los profesionales que suscribieron los escritos dirigidos a esta Cámara, en el 30% de lo que les correspondiere por su actuación en la instancia previa.

Regístrese, notifíquese, cúmplase con lo dispuesto en el artículo 4º de la Acordada de la C.S.J.N. 15/13 del 21/5/13 y, oportunamente, devuélvanse.-

MFG 04.01

MARIA DORA GONZALEZ LUIS ALBERTO CATARDO

Juez de Cámara Juez de Cámara Ante mí:

CLADIA ROSANA GUARDIA

Secretaria Fecha de firma: 11/04/2023

Firmado por: L.A.C., JUEZ DE CAMARA

Firmado por: M.D.G., JUEZ DE CAMARA

.

Firmado por: C.R.G., SECRETARIA DE CAMARA 1

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