Notificar Ex-2022-05393659-Gdemza-Inspe#mgtyj Caratulado “acta D Nº 2044 Petrona Gastronómica S.A”

Fecha de publicación03 Enero 2025
Número de Gaceta32244
Tipo de documentoNotificaciones
SecciónNotificaciones
NOTIFICAR EX-2022-05393659-GDEMZA-INSPE#MGTYJ CARATULADO
“ACTA D Nº 2044 PETRONA GASTRONÓMICA S.A”
DIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR. EXP N° EX-2022-05393659-GDEMZA-
INSPE#MGTYJ caratulado “Acta D Nº 2044 Petrona Gastronómica S.A”. Se NOTIFICA a el
comercio propiedad de la firma "PETRONA GASTRONOMICA S.A" CUIT 30-71249268-2, de
domicilio ignorado, la siguiente resolución MENDOZA, 27 de noviembre de 2024 RESOLUCIÓN
Nº 429- EX/ 2024 VISTO y CONSIDERANDOS RESUELVE: ARTICULO 1º - IMPONER a la
firma "PETRONA GASTRONOMICA S.A" CUIT 30-71249268-2, propietaria del comercio con
nombre de fantasía "Porta Nova", y domicilio en calle con San Lorenzo N° 423, Ciudad (M5500),
Mendoza, la sanción de MULTA consistente en el pago de PESOS SESENTA Y TRES MIL
QUINIENTOS con 00/100 ($ 63.500,00), de conformidad con lo prescripto en el artículo 8º de la
Ley Nº 8.750, por violación de los artículos 1° y 2° del mismo cuerpo legal. ARTICULO 2º -
INTIMAR por la presente al pago de la multa impuesta, en la Cuenta Correspondiente a Cuenta
Ley Nº 5.547- Cód. Tax 017-925, en el plazo de QUINCE (15) DÍAS. Asimismo, se informa que el
boleto de pago debe generarse de manera online por vía web de la Administración Tributaria
Mendoza (ATM) www.mendoza.gov.ar/consumidores/pago-de-una-multa - procedimiento-
digital-2/, pudiendo abonarse en Banco de la Nación Argentina / Banco Supervielle / Bolsa de
Comercio. ARTICULO 3º - ACREDITAR el pago de la multa, con la presentación correspondiente
ante esta Dirección de Defensa del Consumidor, a través del correo electrónico
resolucionesddc@mendoza.gov.ar o apremiosddc@mendoza.gov.ar. ARTICULO 4º -
INFORMAR al infractor que deberá publicar la resolución condenatoria o una síntesis de los
hechos que la originaron, el tipo de infracción cometida y la sanción aplicada, en un diario de
gran circulación de la Provincia de Mendoza y en un diario de alcance Nacional (artículo 57º
inciso h de la Ley Provincial Nº5.547 y artículo 47º penúltimo párrafo de la Ley Nacional Nº
24.240). ARTICULO 5° - INFORMAR al infractor, según art. 177º de la Ley 9003, que podrá
interponer recurso de revocatoria contra la presente resolución dentro de los QUINCE (15) DÍAS
hábiles de notificada la presente, debiendo acompañar la correspondiente Tasa Retributiva
Código 927 por un importe de Pesos Seis Mil Ciento Cuarenta con 00/100 ($6.140,00 según Ley
Impositiva Nº 9.496, Artículo 10º, punto 2 inc A) abonada en Banco de la Nación Argentina /
Banco Supervielle / Bolsa de Comercio. El recurso de revocatoria junto a la correspondiente tasa
retributiva, debe ser enviado al correo resolucionesddc@mendoza.gov.ar. El recurso no
suspenderá la ejecución de las sanciones de multa y el obligado deberá depositar el importe de
la multa dentro del plazo establecido en el Artículo 2º de la presente Resolución. Vencido el plazo
para el pago se procederá a la emisión de boleta de deuda conforme lo previsto en el Artículo
249 del Código Procesal Civil, Comercial y Tributario (Artículo 4º, Decreto Nº 1099/2018).
ARTICULO 6º - INSCRIBIR esta Resolución en el Registro de Resoluciones de la Dirección de
Defensa del Consumidor de la Provincia de Mendoza. ARTICULO 7º - REGISTRAR al infractor
en el Registro de Infractores de esta Dirección de Defensa del Consumidor. ARTICULO 8º -
NOTIFICAR al infractor la presente Resolución y ARCHIVAR. Fdo.: Lic. Mónica S. Lucero.
Directora Dirección de Defensa del Consumidor.
Publicaciones: 3
Fecha de Publicación Nro Boletín
06/01/2025 32267
03/01/2025 32266
02/01/2025 32265
Página 1/2
Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza
Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia
Subsecretaria Legal y Técnica

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