NOTIFICACIONES - SUMARIO ADMINISTRATIVO N° EX-2021-02010874- -GDEMZA-IGS#MSEG, CARATULADO IGS C/ INF SUM SUB AYTE HERRERA CAMPOS LUCIANO DANIEL

Fecha de la disposición18 de Agosto de 2021

VISTO: El Sumario Administrativo N° EX-2021-02010874- -GDEMZA-IGS#MSEG, caratulado “IGS C/ INF SUM SUB AYTE HERRERA CAMPOS LUCIANO DANIEL 10003729 AV. ABANDONO DE SERVICIO POR INFRACCION AL Art. 100º inc. 3) DE LA LEY 6722 Y MOD. RESOLUCION N° 375/2021 IGS”, seguidos en Inspección General de Seguridad dependiente del Ministerio de Seguridad de la Provincia contra el OFICIAL SUBAYUDANTE P.P. HERRERA CAMPOS, Luciano Daniel D.N.I. Nº 40.003.729, y; CONSIDERANDO: Que, en los mismos se dispuso oportunamente fijar fecha y hora a los fines de notificar al SUMARIADO formalmente de derecho de alegatos por el término de cinco días, conforme lo establece el art. 138 Ley 6722/99, disponiéndose la notificación formal de la misma ante los domicilios registrados a orden 39 de los presentes. No obstante, lo cual no fue posible su notificación y comparecencia formal, conforme obra constancias a orden 41. Por esta situación y siguiendo lineamientos en vigencia corresponde proceder a la notificación de estilo por medio del Boletín Oficial de la Provincia, debiendo para tal caso fijar nueva fecha y hora de audiencia a los efectos de notificarla de derecho de alegatos, por el término de cinco días conforme lo establece el art. 138 Ley 6722/99. Por ello, la Instrucción Sumaria que suscribe seguidamente; RESUELVE: Art. 1ro.- Fijar nueva fecha y hora de audiencia para el próximo día 30 de agosto de 2021 a las 11:30 horas, a fin de notificar formalmente de derecho de alegatos a la OFICIAL SUBAYUDANTE P.P. HERRERA CAMPOS, Luciano Daniel D.N.I. Nº 40.003.729. Art. 2do.- Hacer saber que conforme RESOLUCION N° 282/2021 de fecha 06 de abril de 2021.VISTO el Expte. EX-2021-02010874- -GDEMZA-IGS#MSEG y, CONSIDERANDO. Que las presentes actuaciones se inician a consecuencia de que prima facie el OFICIAL SUBAYUDANTE P.P. HERRERA CAMPOS, Luciano Daniel D.N.I. Nº 40.003.729, habría infringido lo dispuesto en el artículo Art. 100º inc. 3) en función con el Artículo 8º primera parte...

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