NOTIFICACIONES - SUMARIO ADMINISTRATIVO - INSPECCION GENERAL DE SEGURIDAD

Fecha de la disposición31 de Agosto de 2020

A Orden 46 la Instrucción DECRETO: VISTO: el expediente administrativo electrónico 2020-1459727-IGS caratulado “Av/Abandono de Servicio Auxiliar P.P Galazzi Berardo Esteban Jesús, D.N.I: 35.622.094…” y…CONSIDERANDO Que habiéndose fijado oportunamente fecha y hora de audiencia a los fines de que el imputado en autos, Auxiliar P.P Galazzi Berardo Esteban Jesús, D.N.I: 35.622.094, prestara declaración indagatoria administrativa en esta sede de la Inspección General de Seguridad para fecha 14 de Agosto de 2020, y que la misma ha fracasado por la incomparecencia del mismo dado a que según la progenitora del mismo, señora Graciela Berardo, D.N.I: 17.584.060 manifiesta que desde el 13 de marzo de 2020 su hijo Esteban Galazzi se encuentra en Canadá, no sabiendo fecha de regreso ni lugar de residencia, quedando constancia de citación recibida por Graciela Berardo y la que se encuentra asentada en orden 44 de autos. Dicha citación se realizó en el domicilio aportado por el efectivo policial en su ficha personal policial (Calle Boulogne Sur Mer N° 871, Dpto. 4, de Godoy Cruz). Que no ha sido posible lograr que comparezca formalmente y con la finalidad de no dilatar la instrucción del presente sumario administrativo corresponde proceder a la notificación por medio del Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza, haciéndosele saber los términos de la indagatoria, hecho que se le imputa, pruebas en contra y derechos con que cuenta según la ley 6722/99. Por ello la Instrucción Sumaria seguidamente… RESUELVE: Artículo 1°- Hacerle saber al incoado en autos que según Resoluciones N° 437/20 y 451/20 del Directorio de la Inspección General de Seguridad su conducta ha sido encuadrada como transgresión “prima facie” a lo dispuesto en el artículo 100°, inciso 3°, en concordancia con lo establecido en el artículo 8° primera parte y en función con lo dispuesto en el artículo 43° incisos 3° y 4°, como también lo establecido en el artículo 88°, el que refiere a los agravantes, inciso 1°, todos de la ley 6722/99. Asimismo se le da a conocer al encartado lo prescripto en el artículo 119° de la ley 6722/99 respecto a la declaración indagatoria, como también lo que establece el mismo artículo en su apartado C) que refiere a la a) Suspensión de Sumario a Prueba, b) Sumario Abreviado Inicial y c) Solución de conflicto para el caso de que desee acogerse a dichos institutos. Además se le informa que puede nombrar defensor administrativo para que lo represente el que puede ser...

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