NOTIFICACIONES - EXPTE Nº EX-2018-03269043-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, CARATULADO “ACTA C 3037 SANDRA FERNANDO HÉCTOR”

Fecha de la disposición20 de Septiembre de 2021

DIRECCIÓN DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR. EXPTE Nº EX-2018-03269043-GDEMZA-INSPE#MGTYJ, caratulado “Acta C 3037 Sandra Fernando Héctor”. Se NOTIFICA a “SANDRA FERNANDO HECTOR”, CUIT 20-20574832-7de domicilio ignorado, la siguiente resolución MENDOZA, 27 de agosto de 2021 RESOLUCIÓN Nº 312-EX/ 2021 VISTO y CONSIDERANDOS RESUELVE: ARTICULO 1º - IMPONER a la firma “SANDRA FERNANDO HECTOR”, CUIT 20-20574832-7, propietaria del comercio con nombre de fantasía “Cafetal” y con domicilio en calle Necochea Nº 56, Ciudad (5500), Mendoza, la sanción de MULTA consistente en el pago de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON 00/100 ($ 3.870,00.-), de conformidad con lo prescripto en el artículo 57° inc. b) de la Ley N° 5.547, por violación de los artículos 4°, 6º y 8° de la Resolución Nº 5/2019 D.D.C. ARTICULO 2° - INTIMAR por la presente al pago de la multa, en la Cuenta Correspondiente a Cuenta Ley Nº 5.547- Cód. Tax 017-925, el que deberá hacerse efectivo ante el Organismo Recaudador ATM en el plazo de DIEZ (10) DIAS. Se informa que el boleto de pago debe generarse de manera online por vía web de la Administración Tributaria Mendoza (ATM) - www.mendoza.gov.ar/consumidores/pago-de-una-multa-procedimientodigital-2/, pudiendo abonarse en Banco de la Nación Argentina /Banco Supervielle / Bolsa de Comercio. ARTICULO 3º - ACREDITAR el pago de las multas, con la presentación correspondiente ante esta Dirección de Defensa del Consumidor, a través del correo electrónico resolucionesddc@mendoza.gov.ar. ARTICULO 4º - PUBLICAR la presente en el Boletín oficial de la Provincia de Mendoza, y a costa del infractor, la resolución condenatoria o una síntesis de los hechos que la originaron, el tipo de infracción cometida y la sanción aplicada, en un diario de gran circulación de la Provincia de Mendoza y en un diario de alcance Nacional (artículo 57º inciso h de la Ley Provincial Nº 5.547 y...

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