NOTIFICACIONES - EXPTE. N° 54294/252.389 CUIJ: 13-04089004-6((010302-54294)) “ADM. DEF. SUC. DE QUIROGA NICOLAS URBA

Fecha de la disposición19 de Febrero de 2021

EXPTE. N° 54294/252.389 CUIJ:13-04089004-6 ((010302-54294)) “ADM. DEF. SUC. DE QUIROGA NICOLAS URBANO C/CAMARA COMPENSADORA DE VALORES DOCUMENTADOS S.A. P/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA”. CAMARAS DE APELACIONES EN LO CIVIL, SEGUNDA, PODER JUDICIAL MENDOZA.Se notifica a terceros posibles interesados la sentencia dictada en autos a fs.264 y el Auto aclaratorio de fs.270: A fs. 264: “En la Ciudad de Mendoza a los cuatro días de febrero de dos mil veinte….Y VISTOS:… RESUELVE: 1.Admitir el recurso de apelación interpuesto a fs.229 en contra de la sentencia de fs. 208/211 y aclaratoria de fs.226 y en consecuencia, modificar el dispositivo primero de la misma, el que queda redactado de la siguiente manera: “I.-Estimar procedente la demanda instada, y en consecuencia otorgar a favor de las Sras. Patricia Mónica Quiroga, con DNI nro.16.555.184, en su calidad de sucesora universal, declarada en los autos nros.251.259, caratulados “Quiroga Nicolás Urbano y Guzmán Esther de Lourdes p/Sucesión”, originario del 17° Juzgado Civil, Comercial y Minas (ac-tual 4to.TGJA) y cesionaria de los derechos y acciones hereditarios de la coheredera declarada: Graciela de Lourdes Quiroga, con DNI nro.14.311.849, mediante escri-tura pública pasada ante la Escribana Maria Adela de Rosas de fecha 19 de diciem-bre de 2019, que obra al folio 67 protocolo del año 2014 del Registro Notarial n.279 título supletorio sobre el inmueble situado en calle Pirovano nro.373, Barrio Suarez, Distrito Ciudad, Departamento de Godoy Cruz, Provincia de Mendoza, con los límites y medidas perimetrales que surgen del plano N°05 49108 obrante a fs.5 de autos, con una superficie según mensura de 200m2, nomenclatura catastral n°05-01-12-0022-000020-0000-1, padrón de rentas N°05-22733-5 y padrón municipal N° 28242; inscripto el dominio en la Dirección de Registros Públicos y Archivo Judicial de la Provincia al N°16.110, fs. 589, Tomo 70-E de Godoy Cruz, sin derecho de riego”. 2.Imponer las costas en el orden causado. 3.Diferir la regulación de honorarios.NOTIFIQUESE Y BAJEN. DRA.SILVINA DEL CARMEN FURLOTTI Juez de Cámara DRA. MARIA TERESA CARABAJAL MOLINA Juez de Cámara DRA. GLADYS...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR