NOTIFICACIONES - EXPTE N° 2020-02567935

Fecha de la disposición 1 de Octubre de 2020

Atento al contenido de los presentes antecedentes en el cual se solicita al Sr. Ministro de Seguridad de Mendoza, Lic. Raúl Levrino, inhabilitación de la empresa “MAYORAZGO CORDOBA S.A” CUIT 30-70817393-9, conjuntamente con sus integrantes, propietarios y/o directivos los cuales no están registrados en el sistema de la Dirección REPRIV. Que en fecha siete de Julio del año dos mil veinte, se hacen presente personal de notificadores en el domicilio del Sub. Director técnico el Sr. Ramírez, para notificarlo de la medida tomada, pero en el lugar no se logra entrevistar a nadie, arrojando resultado negativo y teniendo en cuenta los propietarios el Sr. SCHIERANO Hugo José y el Sr. PALLERES Carlos Alberto, los cuales no consignan domicilio en esta Dirección, por lo que se procede a publicar en el Boletín Oficial, por tres (03) días la Resolución N° 441/20 de fecha 10 de Junio 2020, la que textualmente dice: VISTO: El Expediente N° 2020-02567935 y CONSIDERANDO: Que en las citadas actuaciones administrativa, mediante auditoria digital la Auxiliar P.P Galván Melisa da cuenta que la empresa MAYORAZGO CORDOBA S.A adeuda a esta Dirección, documentación múltiple y el pago de los cánones anuales consecutivos correspondiente a los años 2.017, 2.018, 2.019 y 2.020. Que por lo tanto se estima que se ha configurado la falta al Art. 8 inc. e), de la Ley n° 6.441, lo que acarrea la sanción prevista por el Art. 34. inc. I, punto e), infracciones graves de 2do. Grado, por lo que se estima procedente la emisión de la sanción prevista en el Art. 34° inc. II, punto d), INHABILITACÓN DEFINITIVA para funcionar para la empresa MAYORAZGO CORDOBA S.A, propietarios y directivos de la...

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