NOTIFICACIONES - EXPTE. 18859-D-2017

Fecha de la disposición13 de Noviembre de 2018

Atento al contenido de los presentes antecedentes en el cual se solicita la formal notificación del ciudadano Jorge Fabio OLGUIN, DNI N° 21.984.880; debido a que el personal se constituyó en el domicilio del ciudadano mencionado, no logrando dar con el mismo; es por ello que se estima procedente publicar en el Boletín Oficial, para que se tenga por practicada dicha notificación, por tres (03) días la Resolución N° 0214/18 de fecha 20/03/2018, la que textualmente dice VISTO: el Expediente N° 18859-D-2017; y CONSIDERANDO que atento constancias de autos, el día 20/08/2017 se confecciona Acta de Inspección por personal de ésta Dirección REPAR/REPRIV, en el local de Diversión Nocturna LA MARTINA, ubicado en Av. Alvear Oeste y San Rafael, Departamento General Alvear. En dicho lugar se identifica al ciudadano Olguín Jorge Fabio, con DNI N° 21.984.880, quien al momento de la Inspección se encontraba realizando tareas de Custodia de Boliche, y el cual al serle requerida la credencial habilitante para función el mismo no posee ésta. Que a fs. 02 se le dio vista al propietario del Local en mención haciéndole conocer de lo estipulado en el art. 26 bis de la Ley N° 6441/97, donde dice que aquellas personas que contraten servicios de seguridad serán solidariamente responsables por las sanciones que correspondieren de acuerdo a la Ley 6441/97, y otorgándosele para que presente descargo, derecho del cual no ha hecho uso. Que como consecuencia de lo anteriormente expuesto, Asesoría Letrada entiende, “que se ha infringido las disposiciones del art. 30 de la Ley 6441 que obliga a presentar credencial habilitante de vigilador a la autoridad de aplicación, por lo que corresponde aplicar la sanción de MULTA encuadrada en el art. 34 ap. I y II al...

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