NOTIFICACIONES - AUTOS NRO. 111.914, CARATULADOS 'MONTEMAR CIA.FIN. S.A. C/ BRUNO ALEXANDER JAVIER P/ MONITORIO (PAGARE DE CONSUMO)':

Fecha de la disposición27 de Mayo de 2021

Dr. María Susana Barcenilla, titular del Juzgado de Paz Letrado y Tributario NRO. TUNUYAN, NOTIFICA a los Señores BRUNO, ALEXANDER JAVIER, Documento 35.191.077, de las siguientes resoluciones en los autos Nro. 111.914, caratulados "MONTEMAR CIA.FIN. S.A. C/ BRUNO ALEXANDER JAVIER P/ MONITORIO (PAGARE DE CONSUMO)": A fs. 52 el Juzgado proveyó: "Tunuyán, Mendoza, 14 de mayo de 2021: AUTOS Y VISTOS:...CONSIDERANDO:...RESUELVO: I.- APROBAR la información sumaria rendida en autos, teniendo a la Sra. ALEXANDER JAVIER BRUNO, D.N.I. N° 35.191.077, como persona de ignorado domicilio. En consecuencia, practíquese la notificación de la sentencia monitoria, ordenada a fs. 16, mediante EDICTOS, los que deberán publicarse TRES VECES, con DOS DÍAS DE INTERVALO, en el Boletín Oficial y Diario LOS ANDES.-II.- Cumplida la publicación edictal y vencido el plazo señalado al efecto, desígnese a la Defensora Civil para que la represente en este proceso de conformidad con la norma citada precedentemente y sin perjuicio de tratar de hacer llegar a conocimiento del interesado la existencia del juicio. En el mismo acto de aceptación quedará notificada de la resolución de fojas 16. NOTIFÍQUESE al Sra. Defensora Civil en su público despacho, con remisión de los autos.- En autos a fs. 16 el Juzgado proveyo: "Tunuyán, Mendoza; 03 de julio de 2019. AUTOS Y VISTOS:... RESUELVO: I.- Tener al Dr. LUCAS MATIAS MOLESINI por MONTEMAR CIA. FIN. S.A.,por presentado, parte y domiciliado en el carácter invocado, conforme copia de Poder General para Juicios obrante a fs. 08 de autos. Emplázase a la parte a denunciar DOMICILIO ELECTRÓNICO, a los apoderados y/o patrocinantes su domicilio procesal electrónico (Art. 21 y Art. 374 ambos del C.P.C.C. y T. Ley 9001/17), y un teléfono de contacto. Téngase presentes la gabelas obladas de Derecho Fijo, Aporte Ley 5059 y Tasa de Justicia. Téngase presente la Declaración Jurada conforme Acordada N° 28.944, a sus efectos. Téngase por incorporada la prueba documental ofrecida y acompañada con-forme cargo de fs. 15. Resérvese su original en Caja de Seguridad. Téngase presente la situación fiscal denunciada por el Dr. Lucas Molesini en el punto VII.- del escrito de demanda. II.- Hacer lugar a la demanda instada por MONTEMAR CIA.FIN. S.A. contra BRUNO ALEXANDER JAVIER, ordenando en consecuencia que prosiga el trámite del presente juicio hasta que el actor se haga íntegro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS SESENTA Y SIETE MIL...

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