NOTIFICACIONES - AUTOS Nº 64.387 “CREDITO MAGICO S.A. C/ MARIO ALEJANDRO LOPEZ P/ MONITORIO”

Fecha de la disposición26 de Febrero de 2020

Juez Juzgado de Paz de Maipú, Autos Nº 64.387 “CREDITO MAGICO S.A. C/ MARIO ALEJANDRO LOPEZ P/ MONITORIO”, NOTIFICA al Sr. MARIO ALEJANDRO LOPEZ, D.N.I. 29.916.739, de domicilio ignorado, sentencia de fs. 12: “Mendoza, 13 de Mayo de 2019..- AUTOS VISTOS.. CONSIDERANDO:… RESUELVO: I.- Hacer lugar a la demanda interpuesta por CREDITO MAGICO S.A contra MARIO ALEJANDRO LOPEZ mandando seguir la ejecución adelante hasta que la actora se haga íntegro pago del capital reclamado de PESOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y UNO CON 57/100 ($ 35.461,57.-) con más la suma de PESOS DIECISIETE MIL SETECIENTOS TREINTA Y UNO ($ 17.731.-) presupuestada provisoriamente para cubrir el interés morigerado en un 4% mensual desde el 10 – 10 - 2.018, I.V.A sobre intereses y costas del juicio hasta el efectivo pago.- II.- Hágase saber al ejecutado que dentro de los CINCO DÍAS HÁBILES contados desde su notificación deberá constituir domicilio, cumplir esta sentencia monitoria o puede deducir oposición escrita, bajo apercibimiento de tenerlo REBELDE sin más trámite y considerarse firme la presente y, continuar con su ejecución (arts. 21,74,75, 235 y cc. CPCCT).- III.- En caso de corresponder ORDENAR trabar embargo sobre bienes de propiedad del demandado susceptibles de tal medida hasta cubrir la suma de PESOS CINCUENTA Y TRES MIL CIENTO NOVENTA Y TRES ($ 53.193.-) presupuestada provisoriamente para responder a capital, intereses y costas (art. 254 CPCCT).- IV.- Imponer las costas al demandado vencido (arts. 35 y 36 CPCCT).- V.- Regular los honorarios...

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