NOTIFICACIONES - AUTOS N° 33331, CARATULADOS: EMANUEL D´ACCURZIO C/ ERCAZTI MARIA EUGENIA Y OTS. P/ EJEC. ACELERADA

Fecha de la disposición26 de Septiembre de 2018

El Juzgado de Paz Letrado de Villa Nueva, NOTIFICA los demandados Ercazti María Eugenia DNI Nº 18.443.676, Ginard Estefanía DNI Nº 39.158.076 y Ginard Tomás DNI Nº 40.373.846, declarados de ignorado domicilio; QUE: a fs. 18 de estos autos N° 33331, caratulados: EMANUEL D´ACCURZIO C/ ERCAZTI MARIA EUGENIA Y OTS. P/ EJEC. ACELERADA, este Tribunal ha dictado Sentencia Monitoria que dice: “Villa Nueva, 23 de Marzo de 2018.- AUTOS Y VISTOS: … RESUELVO: I - Por ratificada la actuación.- Agréguese el pago de tasa de justicia acompañado.- II - Téngase al peticionante de fs. 2/3 por presentado y parte, en mérito a la copia de poder adjuntada, debiendo la parte actora constituir domicilio conforme lo preceptuado por el art. 21 inc. I y II del C.P.C.C. y T. bajo apercibimiento de tenerlo por notificado en los estrados del Juzgado sin trámite o declaración previa alguna (art. 21 del C.P.C.C. y T.) - Agréguese las copias de documentación adjuntadas y resérvese en caja de Seguridad del Juzgado la documentación original acompañada.- Téngase presente para su oportunidad.- Agréguese aporte, tasa de justicia y derecho fijo acompañados.- Al punto IV de fs. 2, no ha lugar por no corresponder.- III - Haciendo lugar a la demanda instada por ejecución instada por D ACCURZIO EMANUEL en contra de ERCAZTI MARIA EUGENIA, GINARD ESTEFANIA y GINARD TOMAS, disponiendo en consecuencia prosiga el trámite de la causa adelante hasta que el actor haga integro el pago de la suma de PESOS CINCO MIL con 00/100 ($ 5.000,00), que le reclama la actora, con más los intereses legales, IVA sobre intereses, costos y costas del juicio hasta su total y efectivo pago, los que se estiman provisoriamente para responder a la...

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