NOTIFICACIONES - AUTOS 364/2018, B.N.A. C/ BONOMO RENZO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA

Fecha de la disposición20 de Abril de 2021

De conformidad con lo ordenado en los autos N° 364/2018, caratulados: "B.N.A. C/ BONOMO RENZO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA", el Sr. Juez ha ordenado NOTIFICAR al demandado, RENZO AGUSTIN BONOMO, D.N.I. N° 33.053.714, de ignorado domicilio, la providencia que dispone: Mendoza, 20 de febrero de 2020. En atención a lo solicitado y constancias de autos, hágase efectivo el apercibimiento de fs. 34 teniendo por reconocidas las firmas y, en consecuencia, por preparada la vía ejecutiva en contra de BONOMO RENZO AGUSTIN. Consecuentemente, y de conformidad con lo que disponen los arts. 520, 531, 42 y 43 (anteriores 531, 542, 40 y 41) del C.P.C.C.N., líbrese contra la ejecutada mandamiento de intimación de pago y embargo por la suma de PESOS TREINTA Y SIETE MIL VEINTICINCO CON 38/100 ($ 37.025,38) en concepto de capital, con más la de PESOS CUARENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS TRES CON 30/100 ($ 46.703,30) que provisoriamente se presupuesta para responder a intereses y costas que deriven de las leyes y/o decretos reglamentarios aplicables al documento que se ejecuta y/o solicitado por el ejecutante, conforme liquidación practicada por Secretaria, la que deberá adjuntarse al mandamiento a librar, conforme liquidación practicada por Secretaria, la que deberá adjuntarse al mandamiento a librar. La intimación de pago importará la citación de remate para oponer excepciones dentro del término de cinco (5) días, bajo apercibimiento de llevar la ejecución adelante y el emplazamiento para que los ejecutados constituyan domicilio procesal dentro del radio del Tribunal, bajo apercibimiento de darles por notificadas las sucesivas providencias automáticamente, en la forma y oportunidad que prevé el art. 133 del Código citado. En defecto de pago deberá trabarse embargo sobre bienes susceptibles de tal medida y se requerirá a los deudores, para que manifiesten si el/los bienes se encuentra/n embargado/s o afectado/s por prenda u otros gravámenes y en el primer caso, Juzgado/s, Secretaría/s y carátula/s del/los expediente/s en donde se ordenó y en los otros, nombre y...

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