NOTIFICACIONES - AUTOS, 260.377, CART. VAZQUEZ GRACIELA NOEMI C/ MUJICA JAVIER SANTIAGO P/ DAÑOS Y PERJUICIOS”

Fecha de la disposición 1 de Abril de 2019

Juez Tribunal de Gestión Asociada Primero, Autos, 260.377, caratulados “VAZQUEZ GRACIELA NOEMI C/ MUJICA JAVIER SANTIAGO P/ DAÑOS Y PERJUICIOS”, Notificar al Sr. Santiago Javier Mujica, persona de ignorado domicilio. A fs. 78 el Juzgado proveyó: “Mendoza, 19 de Septiembre de 2017. VISTOS Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I.- Tener a la Sra. GRACIELA NOEMI VAZQUEZ, por presentada, parte y domiciliada, en el carácter invocado.- Tener por constituido el domicilio legal a sus efectos.- Tener presente la prueba ofrecida y lo demás expuesto para su oportunidad y en cuanto por derecho corresponda.- De la demanda interpuesta, dese TRASLADO a la parte contraria por el plazo de VEINTE DÍAS (20) DÍAS con citación y emplazamiento para que comparezca, responda, ofrezca pruebas y constituya domicilio legal dentro del radio del Juzgado (arts. 21, 74, 75, 167, 168, y conc CPC) acordada 28243) NOTIFÍQUESE.- II.- Hágase saber a las partes, que en caso de que el Tribunal así lo estime pertinente, será de aplicación al sublite el Art. 1.735 CC y C, en cuanto dispone: “Facultades judiciales. No obstante, el Juez puede distribuir la carga de la prueba de la culpa o de haber actuado con la diligencia debida, ponderando cual de las partes se halla en mejor situación para aportarla. Si el Juez lo considera pertinente, durante el proceso debe comunicar a las partes que aplicará este criterio, de modo de permitir a los litigantes, ofrecer y producir los elementos de convicción que hagan a su defensa” (Art. 46 del C.P.C. y 7 CC y C).- III.- Requerir a los profesionales de la parte Actora y Demandado que informen su mail y teléfono de contacto y el de sus representados (Art. 22 y 34 del C.P.C.).- IV.- PONER A DISPOSICIÓN DE LAS PARTES Y PROFESIONALES para su conocimiento e información el respectivo protocolo de...

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