NOTIFICACIONES - AUTOS 150.839 'CATIVA VANESA ELIZABETH C/ COLEGIO VITIVINICOLA CHAMPS ELYSEES S.R.L. Y OTROS P/ DESP

Fecha de la disposición10 de Junio de 2019

TERCERA CAMARA LABORAL DE LA PRIMERA CIRCUSCRIPCIÓN PROVINCIA DE MENDOZA en autos Nº 150.839, caratulados, "CATIVA VANESA ELIZABETH C/ COLEGIO VITIVINICOLA CHAMPS ELYSEES S.R.L. Y OTROS P/ DESPIDO”, comunica la siguiente demanda a la co- demandada Sra. Sonia Alejandra Alba DNI 20.449.783. foja: 97 Mendoza, 02 de Febrero de 2018. AUTOS Y VISTOS: Estos obrados precedentemente intitulados y conforme las constancias de autos, donde surge una notificación edictal ordenada sin haber sido declarada de ignorado domicilio la co-demandada respecto de la cual se rindió la información sumaria y que sirve de base al dictamen fiscal de fs 86 de autos, a fines de reordenar el proceso en virtud de las facultades del art 46 CPC, déjese sin efecto el decreto de fs 87 y los actos procesales por él generados. Atento lo normado por el artículo 69 del Código Procesal Civil, habiéndose producido la prueba pertinente a fines de determinar que la demandada, SONIA ALBA es persona de domicilio desconocido y no habiéndose deducido oposición por Fiscalía de Cámaras, debe accederse a lo solicitado y notificar a la demandada mediante comunicación edictal, a tenor de lo normado por el artículo 36 del Código Procesal Laboral, Por ello el Tribunal, RESUELVE: 1) Tener a la demandada SONIA ALBA como persona de domicilio desconocido, bajo responsabilidad de la parte actora. 2) Notifíquese a los mismos el traslado de demanda ordenado a fojas.31, mediante publicación edictal, bajo responsabilidad de la parte actora. 1 3) Publíquese edictos en el Boletín Oficial, por el término de CINCO DÍAS con dos días de intervalo.(artículo 69 del Código Procesal Civil y 36 del Código Procesal Laboral). 4) Cumplido y vencido el término otorgado precedentemente...

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