Notificación N° 836-DGR/18

EmisorMinisterio de Hacienda
Fecha de la disposición 4 de Abril de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
MINISTERIO DE HACIENDA
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N° 836/DGR/18
Expediente Nº 2.065.453/15
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas
notifica al Presidente de la Agrupación de Colaboración Empresaria, los términos
de la Resolución N° 836/DGR/2018, de fecha 22 de Marzo de 2.018, cuya parte
resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TECNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCION GENERAL DE RENTAS
RESUIELVE
Artículo 1º.- Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente EL
MAESTRO GOURMET S.A., inscripta como Contribuyente Local en el Régimen
General del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos al bajo el Nº 1251801-08, CUIT N° 30-
71217448-6 con domicilio fiscal en la calle Arenales N° 3360, Departamento 344, de la
Comuna N° 14, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad sujeta a
tributo consiste en "Servicios de Pizzerías, Fast Food y Locales de Venta de Comidas
y Bebidas al Paso", en relación a los períodos fiscales 2012 (10° a 12° anticipos
mensuales), 2013 (1° y 3° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a 7° anticipos
mensuales).
Artículo 2º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia
imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por los períodos fiscales 2012
(10° a 12° anticipos mensuales), 2013 (1° y 3° a 12° anticipos mensuales) y 2014 (1° a
7° anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el cuadro Anexo, que a
todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3º.- Concluir el sumario instruido considerando a la contribuyente incursa en la
figura de defraudacion fiscal aplicándole una multa de Pesos trescientos noventa y dos
mil diez pesos con noventa centavos ($392.010,90) la cual se encuentra compuesta
por el equivalente al 100% del impuesto defraudado de acuerdo a lo dispuesto en los
Considerandos de la presente.
Artículo 4°- Mantener la extensión de la responsabilidad solidaria por el cumplimiento
de las obligaciones tributarias de la contribuyente a la Señora Ramona Luisa Ojeda,
D.N.I. N° 6.418.840, con domicilio sito en la calle Araujo N° 2026, planta alta, de la
Comuna N° 9 (foja 18) y domicilio declarado ante esta Administración en la calle
Guayaquil N° 569, de la Comuna N° 6 (foja 163), ambos de esta Ciudad, y/o a quien
hasta la actualidad resulte responsable, en virtud de lo establecido en los artículos 11
(incisos 4º y 5º), 12, 14 (incisos 1º) y 110 del Código Fiscal T.O. 2018 y disposiciones
concordantes de años anteriores.
Artículo 5°: Hacer efectivo el apercibimiento contenido en el artículo 6° de la
Resolución N° 1402-DGR-2016 y en consecuencia tener por constituido el domicilio de
la contribuyente en la sede de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos,
en mérito a lo dispuesto en los Considerandos precedentes, y por válidamente
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5346 - 04/04/2018

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