Notificación N° 664/DGR/21

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición 7 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución 664/GCABA-DGR/21
E.E. Nº 20.132.748/MGEYA-DGR/16 - AMBASSADOR FUEGUINA S.A. (en Concurso
Preventivo).
La Subdirección General de Técnica Tributaria de la Dirección General de Rentas
notifica a la contribuyente AMBASSADOR FUEGUINA S.A. (en Concurso Preventivo)
y a sus responsables solidarios al Presidente del Directorio de la firma (hasta el
30/12/2015) señor Qi Hong Zhou, y al Presidente interino de la firma, señor Pablo
Ignacio Hadjes, los términos de la Resolución N° 664-GCABA-DGR-2021, de fecha
10/05/2021, cuya parte resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1°.- Impugnar las declaraciones juradas efectuadas por la contribuyente
AMBASSADOR FUEGUINA S.A. (en Concurso Preventivo), inscripta en el Impuesto
Sobre los Ingresos Brutos en el Régimen de Convenio Multilateral bajo el Nº 923-
800084-5, CUIT Nº 30-61684986-3, con domicilio fiscal en la Avenida Perito Moreno
N.º 1750, Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego y con domicilio constituido en la
Avenida Juana Manso N.º 1161, Piso 8º, Oficina 802, Comuna N.º 1 perteneciente a
esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyas actividades sujetas a tributo consisten
en "Fabricación de receptores de radio y televisión, aparatos de grabación y
reproducción de sonido y video y productos conexos", "Servicios inmobiliarios
realizados por cuenta propia, con bienes propios o arrendados" y "Otros servicios
inmobiliarios realizados a cambio de una retribución o por contrata n.c.p" con relación
a los períodos fiscales 2015 (01°, 02° y 04° a 12° anticipos mensuales) y 2016 (01º a
12° anticipos mensuales).
Artículo 2°.- Determinar de oficio sobre base cierta y presunta (mixta) y con carácter
parcial la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por los
períodos fiscales 2015 (01º, 02º y 04º a 12° anticipos mensuales) y 2016 (01º a 03º,
05º, 06º, 10º y 11º anticipos mensuales) en los montos que se detallan en el Anexo I,
que a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Determinar de oficio sobre base cierta y presunta (mixta) y con carácter
parcial, la materia imponible y el impuesto resultante de la contribuyente respecto del
período fiscal 2016 (04°, 07° a 09° y 12° anticipos mensuales), y reconocer que dichas
posiciones arrojan saldos a favor de la rubrada, conforme se detalla en el Anexo II, que
a todos los efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 4°.- Autorizar la compensación de los saldos a favor de la contribuyente
detallados en el Anexo II, para ser aplicados a los períodos fiscales 2015 (01°, 02°, 04°
a 12° anticipos mensuales) y 2016 (01° anticipo mensual) en forma parcial conforme
se expone en el Anexo III, que a todos los efectos forma parte integrante de la
presente Resolución.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6142 - 07/06/2021

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR