Notificación N° 3687/DGR/19

EmisorMinisterio de Hacienda y Finanzas
Fecha de la disposición18 de Diciembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS
DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
Notificación - Resolución N° 3687-DGR/19
Expediente N.º 12.271.155-MGEyA-DGR/15
La Dirección General de Rentas notifica al contribuyente WEI XIAOLUN, los términos
de la Resolución N° 3687-DGR-2019, de fecha 6 de Diciembre de 2019, cuya parte
resolutiva se transcribe a continuación:
EL SUBDIRECTOR GENERAL DE TÉCNICA TRIBUTARIA
DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS
RESUELVE
Artículo 1º.- Impugnar las presentaciones bajo el Régimen Simplificado efectuadas por
el contribuyente WEI XIAOLUN, inscripto en el Impuesto Sobre los Ingresos Brutos
como contribuyente local del Régimen General bajo el Nº 1286177-4 (CUIT N° 20-
94259899-9), con domicilio fiscal y constituido en la calle Guardia Vieja N° 4402,
Comuna N° 5, de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuya actividad sujeta a
tributo consiste en "Venta al por menor de productos de almacén y dietética", con
relación al período fiscal 2014 (2°, 4°, 6°, 8°, 10° y 12° anticipos mensuales).
Artículo 2º.- Determinar de oficio sobre base presunta y con carácter parcial la materia
imponible y el impuesto resultante de la contribuyente, por el período fiscal 2014 (1° a
12° anticipos mensuales), en los montos que se detallan en el Anexo, que a todos sus
efectos forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 3°.- Establecer que por los ingresos provenientes de la actividad "Venta al por
menor de productos de almacén y dietética" le corresponde tributar a la alícuota del
3% en relación con el período fiscal 2014 (1° a 12° anticipos mensuales) de
conformidad con el artículo 54, inciso 10) y el artículo 63, inciso 7) último párrafo de la
Ley Tarifaria para el año 2014.
Artículo 4°- Concluir el sumario instruido considerando al contribuyente incurso en la
figura de defraudación fiscal, aplicándole una multa de $33.035,88.- (Pesos treinta y
tres mil treinta y cinco con ochenta y ocho centavos centavos) equivalente al ciento por
ciento (100%) del impuesto defraudado ($33.035,88.-), conforme se desprende del
Anexo que forma parte integrante de la presente.
Artículo 5°.- Intimar al contribuyente WEI XIAOLUN para que dentro del término de
quince (15) días de quedar notificada y firme la presente, ingrese la suma de $
33.035,88.- (Pesos treinta y tres mil treinta y cinco con ochenta y ocho centavos
centavos) que resulta adeudar, y que proviene de las diferencias emergentes de esta
determinación, a la cual deberán aditarse los intereses establecidos por el artículo 77
del Código Fiscal T.O. 2019 y disposiciones concordantes de años anteriores, hasta el
momento del efectivo pago, y la multa aplicada de $33.035,88.- (Pesos treinta y tres
mil treinta y cinco con ochenta y ocho centavos centavos), debiendo acreditar su pago
ante esta Administración bajo apercibimiento de solicitar la inhibición general de
bienes y/o el embargo preventivo, en caso de corresponder, de acuerdo a lo previsto
en el artículo 3, inciso 12) del Código Fiscal citado y ejecución fiscal, a cuyo efecto
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5764 - 18/12/2019

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